/ viernes 25 de mayo de 2018

Desaparecidos, les violentan sus derechos

La desaparición forzada: es el arresto, detención ilegal, el secuestro o cualquier otra forma de privación de la libertad. De acuerdo con Ban Kimoon, Secretario General de la ONU, las victimas de desaparición forzada son privadas de su libertad, su detención es en secreto y muy rara vez son liberadas, su destino permanece desconocido, son torturados y tienen miedo a ser ejecutados, también son víctimas sus familiares y sus seres queridos sufren un inmenso dolor y angustia.

Quiero recalcar que su servidora es apartidista, soy mujer y activista de género y difundo los derechos humanos, soy conocedora de leyes, tocar este tema es doloroso y lamentable, me dirijo con todo respeto a aquellas personas desaparecidas y las familias que sufren esa angustia, desesperación e impotencia, quiero decirles que me solidarizo con ellas. No daré estadísticas porque son tantas y por respeto a las familias de las víctimas.

El 10 de mayo las madres de los desaparecidos, familiares y amigos realizaron una marcha en las calles del centro de Xalapa, el “Colectivo Solecito”, con lonas, pancartas, algunas madres lloraban mientras portaban como escudo la fotografía de sus hijos, al ver y escuchar los videos en las redes, esos gritos de dolor, desesperación y angustia ¡donde están, donde están, nuestros hijos donde están!, ¡hijo escucha tu madre está en la lucha! ¡Vivos se los llevaron, vivos los queremos! ¡Una madre nunca olvida!...me estremeció un padre que mostraba la fotografía de su hija, vi en sus rostro dolor, coraje, rabia, mientras gritaba ¡donde estas, donde estas! Su voz se escuchaba la más fuerte, sentí escalofrío al escuchar una larga lista.

Usando mis garantías constitucionales como lo marca en sus artículos, 6, 7,8 de la Carta Magna de los Estados Unidos Mexicanos, escribo lo siguiente:

El 22 de mayo del 2018 se hizo viral esta noticia, en todos los medios y redes: Cuitláhuac García dijo de viva voz que el 60% de los cuerpos hallados en fosas clandestinas de Santa Fe y puerto de Veracruz, eran jóvenes delincuentes, la búsqueda de dinero fácil lleva a los jóvenes a delinquir, empiezan con delitos del fuero común, más adelante se unen a bandas del crimen organizado y cometen ilícitos más graves. Esta misma persona señaló y responsabilizó a los jóvenes menores de 30 años de disparar los índices delictivos en la entidad al servir a bandas de criminales, esto fue en el foro de participación que convocó el Consejo Coordinador Empresarial.

Quiero comunicar que esta persona violó las siguientes leyes, así como atacó de manera flagrante los derechos humanos de las víctimas y familiares, algo muy grave, si el señor Cuitláhuac García sabía algo por qué no dijo nada o hizo algo, ya que es diputado con licencia, por qué no ha defendido y ha buscado a estas personas, y si sabía que eran delincuentes por qué no denunció ante la Fiscalía. 1) Dice el artículo 18 del código Penal de Veracruz, el delito se comete por acción u omisión, 2) la Ley General en Materia de Desaparición forzada de personas desaparecidas cometida por particulares y el sistema nacional de búsqueda de personas. Artículo 5 Fracción IX que a la letra dice: No Revictimización la obligación de aplicar las medidas necesarias de conformidad con los principios en materia de los derechos humanos estableciendo en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y tratados, para evitar que la persona desaparecida o no localizada y las victimas a que se refiere esta ley, sean revictimizadas o criminalizadas en cualquier forma agravando su condición, obstaculización o impidiendo el ejercicio de sus derechos o exponiéndolos a sufrir u nuevo daño. 3) La ley de atención a víctimas del estado de Veracruz Artículo 5. Principio: No Criminalización a la letra dice: ninguna autoridad o particular, podrá especular, públicamente sobre la pertenencia de las victimas al crimen organizado o a su vinculación con alguna actividad delictiva, la estigmatización, el prejuicio y las consideraciones del tipo subjetivo deberán evitarse. 4) La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Articulo 1) todas las personas gozarán de los derechos humanos, de la constitución y de los tratados internacionales, párrafo 4 queda prohibida toda discriminación por la edad, o cualquier otra cosa que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menos cavar los derechos y libertades de las personas, 5) Tratado Internacional que México Firmo y ratifico, la declaración Universal de los derechos Humanos.

Dos de las características de los derechos humanos son: universales, imprescriptibles, o sea que son para todos y todas, y nunca terminan ni se exterminan los derechos humanos aun estando muertos, así como “Los Derechos Naturales”, que es un derecho que tienes desde que naces, es un derecho que por el solo hecho de existir y nadie te lo puede quitar, ni tan siquiera un candidato a la gubernatura.

Correo: lexfemme.12@hotmail.com



La desaparición forzada: es el arresto, detención ilegal, el secuestro o cualquier otra forma de privación de la libertad. De acuerdo con Ban Kimoon, Secretario General de la ONU, las victimas de desaparición forzada son privadas de su libertad, su detención es en secreto y muy rara vez son liberadas, su destino permanece desconocido, son torturados y tienen miedo a ser ejecutados, también son víctimas sus familiares y sus seres queridos sufren un inmenso dolor y angustia.

Quiero recalcar que su servidora es apartidista, soy mujer y activista de género y difundo los derechos humanos, soy conocedora de leyes, tocar este tema es doloroso y lamentable, me dirijo con todo respeto a aquellas personas desaparecidas y las familias que sufren esa angustia, desesperación e impotencia, quiero decirles que me solidarizo con ellas. No daré estadísticas porque son tantas y por respeto a las familias de las víctimas.

El 10 de mayo las madres de los desaparecidos, familiares y amigos realizaron una marcha en las calles del centro de Xalapa, el “Colectivo Solecito”, con lonas, pancartas, algunas madres lloraban mientras portaban como escudo la fotografía de sus hijos, al ver y escuchar los videos en las redes, esos gritos de dolor, desesperación y angustia ¡donde están, donde están, nuestros hijos donde están!, ¡hijo escucha tu madre está en la lucha! ¡Vivos se los llevaron, vivos los queremos! ¡Una madre nunca olvida!...me estremeció un padre que mostraba la fotografía de su hija, vi en sus rostro dolor, coraje, rabia, mientras gritaba ¡donde estas, donde estas! Su voz se escuchaba la más fuerte, sentí escalofrío al escuchar una larga lista.

Usando mis garantías constitucionales como lo marca en sus artículos, 6, 7,8 de la Carta Magna de los Estados Unidos Mexicanos, escribo lo siguiente:

El 22 de mayo del 2018 se hizo viral esta noticia, en todos los medios y redes: Cuitláhuac García dijo de viva voz que el 60% de los cuerpos hallados en fosas clandestinas de Santa Fe y puerto de Veracruz, eran jóvenes delincuentes, la búsqueda de dinero fácil lleva a los jóvenes a delinquir, empiezan con delitos del fuero común, más adelante se unen a bandas del crimen organizado y cometen ilícitos más graves. Esta misma persona señaló y responsabilizó a los jóvenes menores de 30 años de disparar los índices delictivos en la entidad al servir a bandas de criminales, esto fue en el foro de participación que convocó el Consejo Coordinador Empresarial.

Quiero comunicar que esta persona violó las siguientes leyes, así como atacó de manera flagrante los derechos humanos de las víctimas y familiares, algo muy grave, si el señor Cuitláhuac García sabía algo por qué no dijo nada o hizo algo, ya que es diputado con licencia, por qué no ha defendido y ha buscado a estas personas, y si sabía que eran delincuentes por qué no denunció ante la Fiscalía. 1) Dice el artículo 18 del código Penal de Veracruz, el delito se comete por acción u omisión, 2) la Ley General en Materia de Desaparición forzada de personas desaparecidas cometida por particulares y el sistema nacional de búsqueda de personas. Artículo 5 Fracción IX que a la letra dice: No Revictimización la obligación de aplicar las medidas necesarias de conformidad con los principios en materia de los derechos humanos estableciendo en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y tratados, para evitar que la persona desaparecida o no localizada y las victimas a que se refiere esta ley, sean revictimizadas o criminalizadas en cualquier forma agravando su condición, obstaculización o impidiendo el ejercicio de sus derechos o exponiéndolos a sufrir u nuevo daño. 3) La ley de atención a víctimas del estado de Veracruz Artículo 5. Principio: No Criminalización a la letra dice: ninguna autoridad o particular, podrá especular, públicamente sobre la pertenencia de las victimas al crimen organizado o a su vinculación con alguna actividad delictiva, la estigmatización, el prejuicio y las consideraciones del tipo subjetivo deberán evitarse. 4) La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Articulo 1) todas las personas gozarán de los derechos humanos, de la constitución y de los tratados internacionales, párrafo 4 queda prohibida toda discriminación por la edad, o cualquier otra cosa que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menos cavar los derechos y libertades de las personas, 5) Tratado Internacional que México Firmo y ratifico, la declaración Universal de los derechos Humanos.

Dos de las características de los derechos humanos son: universales, imprescriptibles, o sea que son para todos y todas, y nunca terminan ni se exterminan los derechos humanos aun estando muertos, así como “Los Derechos Naturales”, que es un derecho que tienes desde que naces, es un derecho que por el solo hecho de existir y nadie te lo puede quitar, ni tan siquiera un candidato a la gubernatura.

Correo: lexfemme.12@hotmail.com