/ domingo 21 de febrero de 2021

El que afirma está obligado a probar

“No es el rap ni las canciones de protesta lo que se castiga”, afirman los partidarios de la corona española, quienes aplauden la posición del presidente de España, Pedro Sánchez, firme en su determinación de restablecer el orden en “La Puerta del Sol” de Madrid, respaldando sus acciones con una fuerte intervención policiaca.

Organismos que representan en España a Reporteros sin Fronteras, Amnistía Internacional y a la sociedad civil y pluripartidista, han salido a las calles para exigir a las autoridades la liberación inmediata de Pablo Hasél, al considerar un abuso de poder la privación de la libertad del rapero.

Hasél, en sus diversas presentaciones artísticas, ha difundido descalificaciones contra el rey Juan Carlos I, llamándole “mafioso” (sin pruebas), y en contra del régimen monárquico por la presunta discriminación racial que se practica en agravio de los plebeyos (ciudadanos sin vínculos familiares con la realeza), que sostienen con sus impuestos la carga del financiamiento y gastos personales de los miembros de la corona española.

Igualmente se acusa a Hasél de utilizar el rap para elogiar a terroristas implicados en atentados y de exhibir en sus melodías los abusos de la policía en contra de las manifestaciones y la persecución permanente a los migrantes, detenidos algunos, torturados y otros con sospechas de desaparición; todo ello al amparo del estribillo de imponer el orden por encima de cualquier manifestación o enojo de la sociedad. Pedro Sánchez ha reiterado que no permitirá el vandalismo, los saqueos a negocios y a medios de comunicación, bajo ningún pretexto.

No confundir las expresiones calumniosas que activistas radicales y políticos mentirosos (invadidos por una carga de frustración y resentimiento) hacen públicas con el derecho a la libertad de expresión. “El que afirma está obligado a probar”, y de no hacerlo debe ser sancionado con las penalidades equivalentes al daño moral que causan a terceros, imputándoles hechos falsos que jamás se podrán acreditar por provenir de mentirosos y cobardes.

En España que resuelvan los alcances y límites de la libertad de expresión, tal como lo determine el pueblo español. Aquí en México el problema está resuelto legalmente de acuerdo con el artículo 6 constitucional para la libertad de expresión, 7 para la libertad de imprenta, pero además por el principio jurídico para saber a quién incumbe la prueba de sus afirmaciones: “affirmanti incumbit probatio”.

“No es el rap ni las canciones de protesta lo que se castiga”, afirman los partidarios de la corona española, quienes aplauden la posición del presidente de España, Pedro Sánchez, firme en su determinación de restablecer el orden en “La Puerta del Sol” de Madrid, respaldando sus acciones con una fuerte intervención policiaca.

Organismos que representan en España a Reporteros sin Fronteras, Amnistía Internacional y a la sociedad civil y pluripartidista, han salido a las calles para exigir a las autoridades la liberación inmediata de Pablo Hasél, al considerar un abuso de poder la privación de la libertad del rapero.

Hasél, en sus diversas presentaciones artísticas, ha difundido descalificaciones contra el rey Juan Carlos I, llamándole “mafioso” (sin pruebas), y en contra del régimen monárquico por la presunta discriminación racial que se practica en agravio de los plebeyos (ciudadanos sin vínculos familiares con la realeza), que sostienen con sus impuestos la carga del financiamiento y gastos personales de los miembros de la corona española.

Igualmente se acusa a Hasél de utilizar el rap para elogiar a terroristas implicados en atentados y de exhibir en sus melodías los abusos de la policía en contra de las manifestaciones y la persecución permanente a los migrantes, detenidos algunos, torturados y otros con sospechas de desaparición; todo ello al amparo del estribillo de imponer el orden por encima de cualquier manifestación o enojo de la sociedad. Pedro Sánchez ha reiterado que no permitirá el vandalismo, los saqueos a negocios y a medios de comunicación, bajo ningún pretexto.

No confundir las expresiones calumniosas que activistas radicales y políticos mentirosos (invadidos por una carga de frustración y resentimiento) hacen públicas con el derecho a la libertad de expresión. “El que afirma está obligado a probar”, y de no hacerlo debe ser sancionado con las penalidades equivalentes al daño moral que causan a terceros, imputándoles hechos falsos que jamás se podrán acreditar por provenir de mentirosos y cobardes.

En España que resuelvan los alcances y límites de la libertad de expresión, tal como lo determine el pueblo español. Aquí en México el problema está resuelto legalmente de acuerdo con el artículo 6 constitucional para la libertad de expresión, 7 para la libertad de imprenta, pero además por el principio jurídico para saber a quién incumbe la prueba de sus afirmaciones: “affirmanti incumbit probatio”.