/ viernes 27 de noviembre de 2020

Es un delito difundir fotografías sin tu consentimiento

Las mujeres siguen siendo exhibidas, además se meten con su sexualidad, destrozando su dignidad. Los exnovios, amigos, compañeros y familiares comparten imágenes privadas, videos, conversaciones íntimas, audios que las comprometen; hoy en día eso es un delito y está tipificado en el Código Penal de Veracruz, gracias a la Ley Olimpia.

En el 2012, Olimpia, entonces de 18 años de edad, originaria de Huauchinango, Puebla, se entera que en redes sociales circulaba, sin su consentimiento, un video sexual en el que se aprecia desnuda. Efectivamente ella acepta que dicho video fue consensuado, lo hizo con su novio, pero él no se aprecia en el mismo. El video se viralizó, un periódico de la localidad lucró con su imagen desnuda, apodándola “la Gordibuena de Huauchinango”. Olimpia se encerró durante ocho meses e intentó suicidarse en tres ocasiones; tenía vergüenza que todos tuvieran su imagen desnuda en sus teléfonos. Con cada “like”, “me encanta”, “me gusta”, “me divierte”, “me sorprende”, ella sufría y dice que no era penetrada, pero sí violada a través de su imagen digital. Se dio cuenta que estaba siendo violentada, se presentó a denunciar ante la Fiscalía, donde le informaron que no era un delito, ya que no estaba en el catálogo de delitos del Código Penal del estado de Puebla y que además ella había aceptado grabarse.

Olimpia decidió buscar justicia y fue al Congreso de su estado, en donde habló con un diputado, quien le respondió: “lamento lo que te pasa, pero yo no voy a legislar punterías, además ya eres mayor de edad”. Ella buscó a más víctimas del mismo delito y comenzó su lucha para que se tipificara como violencia digital, para que de esa forma el estado reconociera que las mujeres tienen derecho a su intimidad.

Olimpia logra esa desconstrucción a su nombre y después de llamarla “la Gordibuena”, ahora es la Ley Olimpia, que busca frenar y castigar la violencia digital hacia las mujeres, penalizando el envío, difusión, comercialización de videos, audios, fotografías y mensajes escritos con contenido sexual sin consentimiento de las personas que aparecen; ahora está penado con cuatro a seis años de prisión.

En diciembre de 2018 el Congreso de Puebla aprobó la reforma al Código Penal, en el que tipifica la violencia digital, y en el 2019 el Congreso aprobó la Ley Olimpia en 28 estados. El 5 de noviembre del 2020, el Senado aprobó modificaciones a la Ley Olimpia para que sea una modalidad como violencia digital, así como todas las agresiones escritas y difundidas en redes sociales.

Veracruz aprueba la Ley Olimpia en mayo de 2019. Se encuentra tipificado en el artículo 190 del Código Penal del Estado y en el artículo 7 de la Ley general de acceso a las mujeres a una vida libre de violencia.

Mujer, denuncia si eres agredida de forma escrita en redes sociales o publican una fotografía tuya que te lastime y que no hayas autorizado.

lexfemme.12@hotmail.com

Las mujeres siguen siendo exhibidas, además se meten con su sexualidad, destrozando su dignidad. Los exnovios, amigos, compañeros y familiares comparten imágenes privadas, videos, conversaciones íntimas, audios que las comprometen; hoy en día eso es un delito y está tipificado en el Código Penal de Veracruz, gracias a la Ley Olimpia.

En el 2012, Olimpia, entonces de 18 años de edad, originaria de Huauchinango, Puebla, se entera que en redes sociales circulaba, sin su consentimiento, un video sexual en el que se aprecia desnuda. Efectivamente ella acepta que dicho video fue consensuado, lo hizo con su novio, pero él no se aprecia en el mismo. El video se viralizó, un periódico de la localidad lucró con su imagen desnuda, apodándola “la Gordibuena de Huauchinango”. Olimpia se encerró durante ocho meses e intentó suicidarse en tres ocasiones; tenía vergüenza que todos tuvieran su imagen desnuda en sus teléfonos. Con cada “like”, “me encanta”, “me gusta”, “me divierte”, “me sorprende”, ella sufría y dice que no era penetrada, pero sí violada a través de su imagen digital. Se dio cuenta que estaba siendo violentada, se presentó a denunciar ante la Fiscalía, donde le informaron que no era un delito, ya que no estaba en el catálogo de delitos del Código Penal del estado de Puebla y que además ella había aceptado grabarse.

Olimpia decidió buscar justicia y fue al Congreso de su estado, en donde habló con un diputado, quien le respondió: “lamento lo que te pasa, pero yo no voy a legislar punterías, además ya eres mayor de edad”. Ella buscó a más víctimas del mismo delito y comenzó su lucha para que se tipificara como violencia digital, para que de esa forma el estado reconociera que las mujeres tienen derecho a su intimidad.

Olimpia logra esa desconstrucción a su nombre y después de llamarla “la Gordibuena”, ahora es la Ley Olimpia, que busca frenar y castigar la violencia digital hacia las mujeres, penalizando el envío, difusión, comercialización de videos, audios, fotografías y mensajes escritos con contenido sexual sin consentimiento de las personas que aparecen; ahora está penado con cuatro a seis años de prisión.

En diciembre de 2018 el Congreso de Puebla aprobó la reforma al Código Penal, en el que tipifica la violencia digital, y en el 2019 el Congreso aprobó la Ley Olimpia en 28 estados. El 5 de noviembre del 2020, el Senado aprobó modificaciones a la Ley Olimpia para que sea una modalidad como violencia digital, así como todas las agresiones escritas y difundidas en redes sociales.

Veracruz aprueba la Ley Olimpia en mayo de 2019. Se encuentra tipificado en el artículo 190 del Código Penal del Estado y en el artículo 7 de la Ley general de acceso a las mujeres a una vida libre de violencia.

Mujer, denuncia si eres agredida de forma escrita en redes sociales o publican una fotografía tuya que te lastime y que no hayas autorizado.

lexfemme.12@hotmail.com