/ viernes 17 de enero de 2020

Mochila segura, fundamentos legales

Una de las acciones para la efectiva protección de los derechos humanos es relativa a la prevención de conductas violatorias de estos derechos y a la creación de mecanismos que las eliminen.

Por ello la construcción de paz es fundamental para tener una educación libre de violencia, existen solo dos lugares donde aprendemos la educación y los valores son la familia y la escuela, si falla alguno de los dos no funciona también importante decir que los mismos son estructurales.

Hoy en día se habla y se niega el programa "Mochila Segura", se inició en el año 2017, desafortunadamente fue suspendido por los padres de familia, ¡grave error! Lo estamos lamentando, dicen que no existe en ninguna ley donde diga que tenga que haber dicho programa, pero les informo que ninguna ley lo prohíbe como tal, quiero informarte que no hay violación a los derechos humanos si lo interpretamos desde el punto de vista que primero está la seguridad, la preservación de la vida y el interés superior del niño, existe un marco jurídico legal, internacional y nacional, que protege dicha acción.

Tratados internacionales México firmó y ratificó en materia de los de los derechos de los niños La Declaración de los Derechos del Niño, cuyo objetivo es la niñez. Principio 7 dice: el interés superior del niño es el principal rector de quienes tiene la responsabilidad de su educación y orientación. Principio 8 dice: el niño tiene derecho a recibir protección y socorro. La Convención sobre los Derechos del Niño dice: los estados se comprometen asegurar al niño y al adolecente en la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, además México se compromete proteger íntegramente a los derechos humanos de los de los niños, niñas y adolescentes regidos con la base primordial en el interés superior de la infancia y en un ambiente libre de violencia.

Instrumentos Nacionales y Estatales. Artículo 1, Constitución Federal. Reconoce que los tratados internacionales sean parte como las garantías de protección cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse. La Ley General de Educación artículo 33, fracción IX, se tomarán medidas que aseguren la integridad física, psicológica y social. Ley Número 573 de los derechos, niños, niñas y adolescentes de Veracruz, artículo 13, 14: Todos los niños tienen derechos a que se les preserve la vida, las autoridades estatales y municipales, deberán hacer acciones necesarias para garantizar y prevenir cualquier conducta que atente contra la supervivencia, así como es su obligación promover, respetar, proteger y garantizar la atención integral del niño, niña y adolescentes.

Como te darás cuenta la ley protege a las autoridades educativas y los padres de familia para crear y realizar acciones para proteger la integridad total de los niños, lo primordial es la seguridad de tus hijos, hagamos equipo con las autoridades y se parte del Programa Mochila Segura, recuerda el primer filtro de la mochila es el hogar.

Lexfemme.12@hotmail.com

Una de las acciones para la efectiva protección de los derechos humanos es relativa a la prevención de conductas violatorias de estos derechos y a la creación de mecanismos que las eliminen.

Por ello la construcción de paz es fundamental para tener una educación libre de violencia, existen solo dos lugares donde aprendemos la educación y los valores son la familia y la escuela, si falla alguno de los dos no funciona también importante decir que los mismos son estructurales.

Hoy en día se habla y se niega el programa "Mochila Segura", se inició en el año 2017, desafortunadamente fue suspendido por los padres de familia, ¡grave error! Lo estamos lamentando, dicen que no existe en ninguna ley donde diga que tenga que haber dicho programa, pero les informo que ninguna ley lo prohíbe como tal, quiero informarte que no hay violación a los derechos humanos si lo interpretamos desde el punto de vista que primero está la seguridad, la preservación de la vida y el interés superior del niño, existe un marco jurídico legal, internacional y nacional, que protege dicha acción.

Tratados internacionales México firmó y ratificó en materia de los de los derechos de los niños La Declaración de los Derechos del Niño, cuyo objetivo es la niñez. Principio 7 dice: el interés superior del niño es el principal rector de quienes tiene la responsabilidad de su educación y orientación. Principio 8 dice: el niño tiene derecho a recibir protección y socorro. La Convención sobre los Derechos del Niño dice: los estados se comprometen asegurar al niño y al adolecente en la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, además México se compromete proteger íntegramente a los derechos humanos de los de los niños, niñas y adolescentes regidos con la base primordial en el interés superior de la infancia y en un ambiente libre de violencia.

Instrumentos Nacionales y Estatales. Artículo 1, Constitución Federal. Reconoce que los tratados internacionales sean parte como las garantías de protección cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse. La Ley General de Educación artículo 33, fracción IX, se tomarán medidas que aseguren la integridad física, psicológica y social. Ley Número 573 de los derechos, niños, niñas y adolescentes de Veracruz, artículo 13, 14: Todos los niños tienen derechos a que se les preserve la vida, las autoridades estatales y municipales, deberán hacer acciones necesarias para garantizar y prevenir cualquier conducta que atente contra la supervivencia, así como es su obligación promover, respetar, proteger y garantizar la atención integral del niño, niña y adolescentes.

Como te darás cuenta la ley protege a las autoridades educativas y los padres de familia para crear y realizar acciones para proteger la integridad total de los niños, lo primordial es la seguridad de tus hijos, hagamos equipo con las autoridades y se parte del Programa Mochila Segura, recuerda el primer filtro de la mochila es el hogar.

Lexfemme.12@hotmail.com