/ viernes 29 de octubre de 2021

Violencia de género en espacios públicos

La Convención Belén Do Pará, en su artículo 1, entiende por violencia contra las mujeres “cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado”.

Asimismo dice que las mujeres tienen derecho a vivir libre de violencia y deben ser libres de toda discriminación. Es el derecho de las mujeres a ser valoradas y educadas libre de estereotipos, comportamientos y prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad y subordinación.

Los Estados que firmaron este tratado internacional, entre ellos México, condenan todas las formas de violencia contra la mujer y convienen adoptar, por todos los medios y sin dilaciones y políticas a prevenir, sancionar o erradicar la violencia de género contra las mujeres.

La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer dice que las mujeres tienen derecho a vivir libres de violencia, en los ámbitos público y privado; es considerada la carta internacional de los derechos de la mujer. La CEDAW es el segundo instrumento internacional más ratificado por los Estados miembros de la ONU, y a la fecha ha sido ratificada por 188 países, lo que le otorga un poderoso mandato internacional. Provee un marco obligatorio de cumplimiento para los países que forman parte, entre ellos México, para lograr la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y las niñas donde estipula que los Estados deben incorporar la perspectiva de género en todas sus instituciones, políticas y acciones, con el fin de garantizar la igualdad de trato, es decir, que no exista discriminación directa ni indirecta de la mujer, así como mejorar la situación de facto de la mujer, promoviendo la igualdad sustantiva o la igualdad de resultados.

La Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del estado de Veracruz dice que es cualquier acción u omisión, basada en el género, que les cause a las mujeres de cualquier edad, daño y produzca sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte, tanto en el ámbito privado y público, y se expresa con amenazas, agravios, maltrato, lesiones y daños asociados a la exclusión, la subordinación, la discriminación y la explotación de las mujeres, que asimismo afecten sus derechos humanos, la violencia de género involucra tanto a las personas como a la sociedad, comunidades, relaciones, prácticas e instituciones sociales y al Estado que la reproduce al no garantizar la igualdad, al perdurar formas legales, jurídicas, judiciales, políticas, androcéntricas y de jerarquía de género, y al no dar garantías de seguridad a las mujeres durante todo su ciclo de vida.

Como se darán cuenta lectores, la violencia de género está legislada y procura los derechos de las mujeres y niñas. Una de la modalidades de la violencia de las mujeres es la Violencia Comunitaria, estipulada en el artículo 8 fracción IV de la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Veracruz: son actos individuales o colectivos que trasgreden derechos fundamentales de las mujeres y propician su degradación, discriminación, marginación o exclusión en el ámbito público. Este último se da en los espacios públicos como parques, jardines, lugares donde realizas tus actividades deportivas, el donde te señalen sin fundamentos, se metan con tu dignidad, sexo, religión, el que provoquen exclusión, fomente el odio y desprecio con tu nombre es violencia de género.

En Xalapa existen parques donde no sólo fomentan el odio, desprecio, dolor, exclusión, amenazas, coacción y muerte feminicida. Estos parques son focos rojos que se sumaron para que se diera la Alerta de Género en 11 municipios de Veracruz, entre ellos Xalapa.

Por dar unos ejemplos: el Santuario de las Garzas, el parque Natura, el parque Bicentenario, el parque del Huarache, el parque Los Tecajetes y el parque ecológico Cerro de Macuiltépec. Es importante que las autoridades estén atentas a estos espacios.

correo: Lexfemme.12@hotmail.com

La Convención Belén Do Pará, en su artículo 1, entiende por violencia contra las mujeres “cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado”.

Asimismo dice que las mujeres tienen derecho a vivir libre de violencia y deben ser libres de toda discriminación. Es el derecho de las mujeres a ser valoradas y educadas libre de estereotipos, comportamientos y prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad y subordinación.

Los Estados que firmaron este tratado internacional, entre ellos México, condenan todas las formas de violencia contra la mujer y convienen adoptar, por todos los medios y sin dilaciones y políticas a prevenir, sancionar o erradicar la violencia de género contra las mujeres.

La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer dice que las mujeres tienen derecho a vivir libres de violencia, en los ámbitos público y privado; es considerada la carta internacional de los derechos de la mujer. La CEDAW es el segundo instrumento internacional más ratificado por los Estados miembros de la ONU, y a la fecha ha sido ratificada por 188 países, lo que le otorga un poderoso mandato internacional. Provee un marco obligatorio de cumplimiento para los países que forman parte, entre ellos México, para lograr la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y las niñas donde estipula que los Estados deben incorporar la perspectiva de género en todas sus instituciones, políticas y acciones, con el fin de garantizar la igualdad de trato, es decir, que no exista discriminación directa ni indirecta de la mujer, así como mejorar la situación de facto de la mujer, promoviendo la igualdad sustantiva o la igualdad de resultados.

La Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del estado de Veracruz dice que es cualquier acción u omisión, basada en el género, que les cause a las mujeres de cualquier edad, daño y produzca sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte, tanto en el ámbito privado y público, y se expresa con amenazas, agravios, maltrato, lesiones y daños asociados a la exclusión, la subordinación, la discriminación y la explotación de las mujeres, que asimismo afecten sus derechos humanos, la violencia de género involucra tanto a las personas como a la sociedad, comunidades, relaciones, prácticas e instituciones sociales y al Estado que la reproduce al no garantizar la igualdad, al perdurar formas legales, jurídicas, judiciales, políticas, androcéntricas y de jerarquía de género, y al no dar garantías de seguridad a las mujeres durante todo su ciclo de vida.

Como se darán cuenta lectores, la violencia de género está legislada y procura los derechos de las mujeres y niñas. Una de la modalidades de la violencia de las mujeres es la Violencia Comunitaria, estipulada en el artículo 8 fracción IV de la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Veracruz: son actos individuales o colectivos que trasgreden derechos fundamentales de las mujeres y propician su degradación, discriminación, marginación o exclusión en el ámbito público. Este último se da en los espacios públicos como parques, jardines, lugares donde realizas tus actividades deportivas, el donde te señalen sin fundamentos, se metan con tu dignidad, sexo, religión, el que provoquen exclusión, fomente el odio y desprecio con tu nombre es violencia de género.

En Xalapa existen parques donde no sólo fomentan el odio, desprecio, dolor, exclusión, amenazas, coacción y muerte feminicida. Estos parques son focos rojos que se sumaron para que se diera la Alerta de Género en 11 municipios de Veracruz, entre ellos Xalapa.

Por dar unos ejemplos: el Santuario de las Garzas, el parque Natura, el parque Bicentenario, el parque del Huarache, el parque Los Tecajetes y el parque ecológico Cerro de Macuiltépec. Es importante que las autoridades estén atentas a estos espacios.

correo: Lexfemme.12@hotmail.com