/ sábado 12 de octubre de 2019

Violencia Institucional

La violencia crece es importante que conozcas que existen tipos y modalidades de violencia que están penadas por la ley, las mismas pueden darse en una sola víctima, la violencia institucional es poco conocida pero es ejercida desde la historia, conoce y ayúdate.

¿Qué es la violencia Institucional? De acuerdo al artículo 8 fracción V, de la ley general de acceso a las mujeres a una vida libre de violencia, que a la letra dice: son los actos u omisiones de las y los servidores públicos de cualquier orden de gobierno, que discriminen o tengan como fin dilatar obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres así como su acceso al disfrute de políticas destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar la violencia.

¿Cuándo puede ocurrir la violencia institucional? Cuando presentaste una denuncia o demanda por ser víctima de algún tipo de violencia, o has sido despojada injustamente de tus derechos y las instituciones no te han proporcionado un trato digno de calidad y calidez, incluso cuando las autoridades han tolerado la vulneración de derechos o han participado en complicidad con tu agresor, esto se da mucho. ¿Quién puede ejercer la violencia institucional? la policía, la fiscalía, jueces y los magistrados de los tribunales, las autoridades escolares o cualquier otro agente con autoridad realizando acciones u omisiones que violenten tus derechos o atenten contra tu dignidad e integridad.

¿En qué casos puedes acudir a la comisión estatal o federal de los derechos humanos si eres víctima de violencia institucional? Si acudiste ante una autoridad federal o estatal, a denunciar, algún tipo de maltrato físico, psicológico, sexual, económico o patrimonial y la autoridad se negó, o fuiste ignorada o discriminada, sin fundamento para ejercer atribuciones que legalmente le corresponden, si te han negado las medidas de protección y te encuentras en peligro, si denunciaste por violación sexual y la fiscalía revelo tu identidad y tus datos personales a tu agresor, si has recibido un trato indigno, por parte de la fiscalía, en el momento de denunciar, si te enteraste a des tiempo la perdida de la patria potestad, guardia y custodia de tus hijos, si te divorciaron sin recibir ninguna notificación, si en un proceso de divorcio te amenazan con quitarte a tus hijos, o meterte a la cárcel, si un servidor público usando su cargo de poder o influencia para quebrantar las leyes, poner trabas, y obstáculos que te impidan el acceso a la justicia.

Si un servidor público, federal, estatal o municipal, ha hecho uso de las instituciones para generarte un daño, si has sido víctima de acoso u hostigamiento sexual o laboral y las autoridades no han actuado, si te han amenazado o despedido por estar embarazada, si en tu escuela o trabajo, has sido víctima de hostigamiento sexual y las autoridades de tu escuela o trabajo te han exigido pruebas que ponen en peligro tu integridad, si la fiscalía, mesas de juzgado te han pedido dinero para agilizar tu proceso, denuncia, demanda.

La violencia institucional está penada con fundamento legal artículo 365, del código penal del Estado de Veracruz, de seis meses a 2 años de prisión y multa de 300 días de salarios y destitución e inhabilitación para ejercer cargo o comisión por 2 años.

Correo: lexfemme.12@hotmail.com

La violencia crece es importante que conozcas que existen tipos y modalidades de violencia que están penadas por la ley, las mismas pueden darse en una sola víctima, la violencia institucional es poco conocida pero es ejercida desde la historia, conoce y ayúdate.

¿Qué es la violencia Institucional? De acuerdo al artículo 8 fracción V, de la ley general de acceso a las mujeres a una vida libre de violencia, que a la letra dice: son los actos u omisiones de las y los servidores públicos de cualquier orden de gobierno, que discriminen o tengan como fin dilatar obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres así como su acceso al disfrute de políticas destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar la violencia.

¿Cuándo puede ocurrir la violencia institucional? Cuando presentaste una denuncia o demanda por ser víctima de algún tipo de violencia, o has sido despojada injustamente de tus derechos y las instituciones no te han proporcionado un trato digno de calidad y calidez, incluso cuando las autoridades han tolerado la vulneración de derechos o han participado en complicidad con tu agresor, esto se da mucho. ¿Quién puede ejercer la violencia institucional? la policía, la fiscalía, jueces y los magistrados de los tribunales, las autoridades escolares o cualquier otro agente con autoridad realizando acciones u omisiones que violenten tus derechos o atenten contra tu dignidad e integridad.

¿En qué casos puedes acudir a la comisión estatal o federal de los derechos humanos si eres víctima de violencia institucional? Si acudiste ante una autoridad federal o estatal, a denunciar, algún tipo de maltrato físico, psicológico, sexual, económico o patrimonial y la autoridad se negó, o fuiste ignorada o discriminada, sin fundamento para ejercer atribuciones que legalmente le corresponden, si te han negado las medidas de protección y te encuentras en peligro, si denunciaste por violación sexual y la fiscalía revelo tu identidad y tus datos personales a tu agresor, si has recibido un trato indigno, por parte de la fiscalía, en el momento de denunciar, si te enteraste a des tiempo la perdida de la patria potestad, guardia y custodia de tus hijos, si te divorciaron sin recibir ninguna notificación, si en un proceso de divorcio te amenazan con quitarte a tus hijos, o meterte a la cárcel, si un servidor público usando su cargo de poder o influencia para quebrantar las leyes, poner trabas, y obstáculos que te impidan el acceso a la justicia.

Si un servidor público, federal, estatal o municipal, ha hecho uso de las instituciones para generarte un daño, si has sido víctima de acoso u hostigamiento sexual o laboral y las autoridades no han actuado, si te han amenazado o despedido por estar embarazada, si en tu escuela o trabajo, has sido víctima de hostigamiento sexual y las autoridades de tu escuela o trabajo te han exigido pruebas que ponen en peligro tu integridad, si la fiscalía, mesas de juzgado te han pedido dinero para agilizar tu proceso, denuncia, demanda.

La violencia institucional está penada con fundamento legal artículo 365, del código penal del Estado de Veracruz, de seis meses a 2 años de prisión y multa de 300 días de salarios y destitución e inhabilitación para ejercer cargo o comisión por 2 años.

Correo: lexfemme.12@hotmail.com