/ jueves 25 de octubre de 2018

Ana Miriam Ferráez incurrió en irregularidad, determina Tribunal Electoral

Debido a que fue locutora de un programa de radio en etapa de precampaña

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó que la candidata de Morena y ahora diputada electa por el distrito 11, Ana Miriam Ferráez Centeno, incurrió en una infracción con su programa “Espejos del alma”.

El recurso que se presentó fue debido a que Ferráez Centeno fue locutora de un programa de radio en etapa de precampaña, hechos que constituyeron una violación al código electoral porque hubo una sobreexposición a su imagen y realizó la compra de espacios de radio.

Esto debido a que la separación como locutora fue al inicio de la campaña, por lo que durante la precampaña la candidata hizo uso de tiempo de radio para su programa, lo cual es violatorio de la ley.

El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón explicó que al inicio del programa se daba el nombre de la candidata, se escuchaba su voz y se identificaba ante el electorado con su nombre completo.

Aunque el contenido del programa no era electoral, no había llamados expresos al voto, sin embargo en una interpretación razonable de los hechos, el que su nombre y sus ideas se conociera públicamente su calidad de candidata generaba un beneficio indebido y por lo tanto la adquisición denunciada”, dijo.


Por unanimidad se confirmó la resolución de la Sala Regional Especializada del TEPJF que multaba a la candidata por 16 programas que realizó en período electoral.

En otro tema, los magistrados desecharon la impugnación en contra de la elección de diputado local en el distrito de Perote, por lo que quedó firme el triunfo de coalición PAN-PRD-MC.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó que la candidata de Morena y ahora diputada electa por el distrito 11, Ana Miriam Ferráez Centeno, incurrió en una infracción con su programa “Espejos del alma”.

El recurso que se presentó fue debido a que Ferráez Centeno fue locutora de un programa de radio en etapa de precampaña, hechos que constituyeron una violación al código electoral porque hubo una sobreexposición a su imagen y realizó la compra de espacios de radio.

Esto debido a que la separación como locutora fue al inicio de la campaña, por lo que durante la precampaña la candidata hizo uso de tiempo de radio para su programa, lo cual es violatorio de la ley.

El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón explicó que al inicio del programa se daba el nombre de la candidata, se escuchaba su voz y se identificaba ante el electorado con su nombre completo.

Aunque el contenido del programa no era electoral, no había llamados expresos al voto, sin embargo en una interpretación razonable de los hechos, el que su nombre y sus ideas se conociera públicamente su calidad de candidata generaba un beneficio indebido y por lo tanto la adquisición denunciada”, dijo.


Por unanimidad se confirmó la resolución de la Sala Regional Especializada del TEPJF que multaba a la candidata por 16 programas que realizó en período electoral.

En otro tema, los magistrados desecharon la impugnación en contra de la elección de diputado local en el distrito de Perote, por lo que quedó firme el triunfo de coalición PAN-PRD-MC.

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