/ jueves 21 de febrero de 2019

Crean la Dirección General de Cultura de Paz y Derechos Humanos

El decreto, firmado por el gobernador del estado, da cumplimiento al artículo vigésimo transitorio de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda

Este jueves entra en vigor el decreto por el que se crea la Dirección General de Cultura de Paz y Derechos Humanos, dependiente de la Secretaria de Gobierno.

El decreto, firmado por el gobernador del estado, da cumplimiento al artículo vigésimo transitorio de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda que establece que hasta la creación de la Comisión Estatal de Búsqueda en la Entidad, la atención a los casos de personas no localizadas o desaparecidas se realizará por medio de la Dirección General de Cultura de Paz y Derechos Humanos.

“La referida Dirección se justifica en razón de que a las víctimas se les debe garantizar el acceso al derecho a la verdad, a la justicia y a la reparación integral del daño”, dice el documento.


Entre las facultades que se le confieren al titular de la Dirección General de Cultura de Paz y Derechos Humanos figuran la de coadyuvar en el fortalecimiento institucional a través del diseño, implementación, conducción, fortalecimiento y consolidación de políticas públicas de cultura y educación para la paz en congruencia con las disposiciones constitucionales y legales en materia de derechos humanos; también está la de elaborar y coordinar el Programa Estatal de Derechos Humanos en coadyuvancia con las instancias de la administración pública estatal, los organismos autónomos y la sociedad civil de acuerdo con los lineamientos del Programa Nacional de Derechos Humanos, el Plan Estatal de Desarrollo, así como con los programas sectoriales, regionales, institucionales y prioritarios; una vez aprobado por la o el titular de la Secretaría de Gobierno y publicado en la Gaceta Oficial del Estado, vigilará su implementación, cumplimiento y coordinará su evaluación.


Las atribuciones le otorgan también fungir como vínculo entre la secretaría y los organismos nacionales e internacionales en materia de derechos humanos, así como con las organizaciones de la sociedad civil dedicadas a defenderlos, para la colaboración y atención de asuntos de la materia.

También podrá elaborar estudios e investigaciones temáticas en materia de derechos humanos con la finalidad de analizar la información que de ellos se origine y así proponer políticas públicas en la materia, considerando los resultados de los informes, relatorías, comités y grupos de trabajo de organismos multilaterales e internacionales de derechos humanos.

Este jueves entra en vigor el decreto por el que se crea la Dirección General de Cultura de Paz y Derechos Humanos, dependiente de la Secretaria de Gobierno.

El decreto, firmado por el gobernador del estado, da cumplimiento al artículo vigésimo transitorio de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda que establece que hasta la creación de la Comisión Estatal de Búsqueda en la Entidad, la atención a los casos de personas no localizadas o desaparecidas se realizará por medio de la Dirección General de Cultura de Paz y Derechos Humanos.

“La referida Dirección se justifica en razón de que a las víctimas se les debe garantizar el acceso al derecho a la verdad, a la justicia y a la reparación integral del daño”, dice el documento.


Entre las facultades que se le confieren al titular de la Dirección General de Cultura de Paz y Derechos Humanos figuran la de coadyuvar en el fortalecimiento institucional a través del diseño, implementación, conducción, fortalecimiento y consolidación de políticas públicas de cultura y educación para la paz en congruencia con las disposiciones constitucionales y legales en materia de derechos humanos; también está la de elaborar y coordinar el Programa Estatal de Derechos Humanos en coadyuvancia con las instancias de la administración pública estatal, los organismos autónomos y la sociedad civil de acuerdo con los lineamientos del Programa Nacional de Derechos Humanos, el Plan Estatal de Desarrollo, así como con los programas sectoriales, regionales, institucionales y prioritarios; una vez aprobado por la o el titular de la Secretaría de Gobierno y publicado en la Gaceta Oficial del Estado, vigilará su implementación, cumplimiento y coordinará su evaluación.


Las atribuciones le otorgan también fungir como vínculo entre la secretaría y los organismos nacionales e internacionales en materia de derechos humanos, así como con las organizaciones de la sociedad civil dedicadas a defenderlos, para la colaboración y atención de asuntos de la materia.

También podrá elaborar estudios e investigaciones temáticas en materia de derechos humanos con la finalidad de analizar la información que de ellos se origine y así proponer políticas públicas en la materia, considerando los resultados de los informes, relatorías, comités y grupos de trabajo de organismos multilaterales e internacionales de derechos humanos.

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