/ lunes 5 de noviembre de 2018

En 2 años intervienen casi 6 mil teléfonos, en Veracruz

Hasta por seis meses pidió geolocalización de personas

La Fiscalía General del Estado de Veracruz es quinto lugar nacional con mayor número de solicitudes de acceso a datos a usuarios y geolocalización en tiempo real.

Durante el periodo 2016-2017, la Fiscalía General del Estado (FGE) de Veracruz solicitó a empresas de telefonía el acceso a datos de usuarios y la geolocalización en tiempo real que sumaron 6 mil 038 requerimientos, con lo que alcanzó el quinto lugar nacional dentro de la lista de autoridades que más solicitudes realizaron en materia de intervención en comunicaciones privadas.

De acuerdo con los informes semestrales proporcionados por compañías telefónicas al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), correspondientes al periodo 2016-2017, la FGE realizó un total de 6 mil 038 requerimientos, de los cuales 5 mil 394 correspondieron al acceso a datos conservados de usuarios y 644 fueron peticiones de localización geográfica en tiempo real, esto bajo los lineamientos de colaboración en materia de seguridad y justicia.


En el 97% de dichas solicitudes las empresas de telecomunicaciones otorgaron a la autoridad estatal la información solicitada: 5 mil 843 requerimientos entregados y 195 negados. Las cifras publicadas por el IFT revelan que durante 2016 se realizó el mayor número de solicitudes (4 mil 127) por parte de la FGE, mientras que en 2017 se registraron mil 911 requerimientos.

Las empresas telefónicas registradas ante el IFT que atendieron dichos requerimientos fueron Radiomóvil DIPSA S.A de C.V, Pegaso PCS S.A de C.V, Teléfonos de México (Telmex), Axtel S.A.B de C.V, Alestra S. De R.L. de C.V, Marcatel COM S.A de C.V y Maxcom Telecom S.A de C.V.

En contraste, las empresas A&T Desarrollo de Comunicaciones de México y Lógica Industrial S.A de C.V. no proporcionaron datos, a pesar de las solicitudes realizadas ante la autoridad judicial.

EL MARCO LEGAL

La Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Veracruz señala que el Fiscal General tiene dentro de sus atribuciones “solicitar a la autoridad judicial competente la intervención de las comunicaciones privadas, en los términos que previenen la Constitución y demás ordenamientos legales”.

Hasta el 2017, los Lineamientos de Colaboración en Materia de Seguridad y Justicia del IFT establecían que las concesionarias autorizadas de telecomunicaciones debían entregar en los meses de enero y julio un informe semestral con el número de solicitudes por autoridad facultada, así como los requerimientos de información de localización geográfica en tiempo real y de acceso al registro de comunicaciones, para lo cual el IFT tenía la obligación de publicar dichos informes en su sitio de internet, así como solicitar a las autoridades un reporte semestral relativo al número de requerimientos.

Sin embargo, en abril de 2018, el IFT modificó dichos lineamientos de colaboración con la justicia, por lo que las empresas ya no tendrán que entregar informes semestrales al Instituto, y con ello ya no será obligatoria la publicación de dicha información estadística, por parte del IFT.

Foto: pixabya.com


Actualmente corresponde al Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI) resguardar dicha información, conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

De esta manera, los sujetos obligados en materia de seguridad pública y procuración de justicia deberán publicar en sus portales electrónicos, para efectos estadísticos, “el listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación que contengan exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como, en su caso, de que cuenta con la autorización judicial correspondiente”.

Al respecto, dentro de su portal de Transparencia, la Fiscalía General del Estado de Veracruz informa que –hasta el pasado 10 de octubre de 2018– “no se han concluido investigaciones ministeriales y/o carpetas de investigación a partir de los cuales se hayan generado solicitudes de intervención de comunicación privadas”.

EFECTIVIDAD DE LA VIGILANCIA

En el reciente informe “¿Quién no defiende tus datos?”, la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), ubicó a la Fiscalía General del Estado de Veracruz en el quinto lugar nacional de la lista de autoridades que más solicitudes realizaron durante 2016 y 2017, dentro de las que figuran la Procuraduría General de la República (PGR), autoridades indeterminadas, la Fiscalía General del Estado de México y la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México.

Dentro de sus investigaciones basadas en solicitudes de información, la R3D revela que, durante 2013, la PGR y la FGE de Veracruz fueron las autoridades que más solicitaron la geolocalización de usuarios de telecomunicaciones.

Asimismo, la R3D pudo documentar el plazo máximo aplicado por algunas autoridades para el monitoreo continuo de la geolocalización de un usuario: los datos obtenidos revelan que autoridades como la PGR únicamente llevan a cabo la geolocalización por un máximo de un mes, mientras que otras autoridades como la Fiscalía General del Estado de Veracruz lo hacen hasta por seis meses.

Foto: AFP


Dentro de los hallazgos generales destacados del análisis de información obtenida en el periodo 2014-2015, se encontró que la inmensa mayoría de las averiguaciones previas en las que se utilizó alguna medida de vigilancia no se ejerció acción penal alguna.

“Únicamente el 8.76 por ciento de las averiguaciones previas en las que se ha utilizado alguna medida de vigilancia entre 2014 y 2015 se ha ejercido acción penal. Lo cual sugiere que aproximadamente el 90 por ciento de las personas que podrían haber sido vigiladas con fines de investigación penal no han sido acusadas de ningún delito ante un juez”, reporta el informe presentado en 2016.


Al respecto, la Red calificó el caso de la FGE Veracruz como “especialmente dramático”, pues de 2 mil 339 averiguaciones previas en las que dicha autoridad señaló que se utilizaron medidas de vigilancia, únicamente en 9 ejerció acción penal, es decir, solo en el 0.38 por ciento la investigación culminó con una acusación penal en contra de alguna persona.

Con dichos datos, se concluyó que “en el mejor de los casos la utilidad y eficacia de las medidas de vigilancia para fines de investigación criminal ha sido exagerada y, más preocupante, que en una gran cantidad de casos las autoridades investigadoras utilizan herramientas de vigilancia en contra de personas respecto de las cuales no existe evidencia de que hayan participado en la comisión de delito”.

“Este hecho, aunado a que el ejercicio de una gran cantidad de medidas de vigilancia fue llevado a cabo sin control judicial y sin la existencia de otras salvaguardas, sugiere en gran medida que la vigilancia estatal podría haber sido utilizada de manera ilegítima en contra de personas de manera impune”, apunta el informe.

Finalmente, este centro de investigación advierte que con la derogación de las obligaciones de transparencia, las empresas de telecomunicaciones cuentan aún con menores incentivos para proteger la información de sus usuarios, por lo que es posible que la proporción de los casos de abuso aumente o se perpetúe.

La Fiscalía General del Estado de Veracruz es quinto lugar nacional con mayor número de solicitudes de acceso a datos a usuarios y geolocalización en tiempo real.

Durante el periodo 2016-2017, la Fiscalía General del Estado (FGE) de Veracruz solicitó a empresas de telefonía el acceso a datos de usuarios y la geolocalización en tiempo real que sumaron 6 mil 038 requerimientos, con lo que alcanzó el quinto lugar nacional dentro de la lista de autoridades que más solicitudes realizaron en materia de intervención en comunicaciones privadas.

De acuerdo con los informes semestrales proporcionados por compañías telefónicas al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), correspondientes al periodo 2016-2017, la FGE realizó un total de 6 mil 038 requerimientos, de los cuales 5 mil 394 correspondieron al acceso a datos conservados de usuarios y 644 fueron peticiones de localización geográfica en tiempo real, esto bajo los lineamientos de colaboración en materia de seguridad y justicia.


En el 97% de dichas solicitudes las empresas de telecomunicaciones otorgaron a la autoridad estatal la información solicitada: 5 mil 843 requerimientos entregados y 195 negados. Las cifras publicadas por el IFT revelan que durante 2016 se realizó el mayor número de solicitudes (4 mil 127) por parte de la FGE, mientras que en 2017 se registraron mil 911 requerimientos.

Las empresas telefónicas registradas ante el IFT que atendieron dichos requerimientos fueron Radiomóvil DIPSA S.A de C.V, Pegaso PCS S.A de C.V, Teléfonos de México (Telmex), Axtel S.A.B de C.V, Alestra S. De R.L. de C.V, Marcatel COM S.A de C.V y Maxcom Telecom S.A de C.V.

En contraste, las empresas A&T Desarrollo de Comunicaciones de México y Lógica Industrial S.A de C.V. no proporcionaron datos, a pesar de las solicitudes realizadas ante la autoridad judicial.

EL MARCO LEGAL

La Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Veracruz señala que el Fiscal General tiene dentro de sus atribuciones “solicitar a la autoridad judicial competente la intervención de las comunicaciones privadas, en los términos que previenen la Constitución y demás ordenamientos legales”.

Hasta el 2017, los Lineamientos de Colaboración en Materia de Seguridad y Justicia del IFT establecían que las concesionarias autorizadas de telecomunicaciones debían entregar en los meses de enero y julio un informe semestral con el número de solicitudes por autoridad facultada, así como los requerimientos de información de localización geográfica en tiempo real y de acceso al registro de comunicaciones, para lo cual el IFT tenía la obligación de publicar dichos informes en su sitio de internet, así como solicitar a las autoridades un reporte semestral relativo al número de requerimientos.

Sin embargo, en abril de 2018, el IFT modificó dichos lineamientos de colaboración con la justicia, por lo que las empresas ya no tendrán que entregar informes semestrales al Instituto, y con ello ya no será obligatoria la publicación de dicha información estadística, por parte del IFT.

Foto: pixabya.com


Actualmente corresponde al Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI) resguardar dicha información, conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

De esta manera, los sujetos obligados en materia de seguridad pública y procuración de justicia deberán publicar en sus portales electrónicos, para efectos estadísticos, “el listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación que contengan exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como, en su caso, de que cuenta con la autorización judicial correspondiente”.

Al respecto, dentro de su portal de Transparencia, la Fiscalía General del Estado de Veracruz informa que –hasta el pasado 10 de octubre de 2018– “no se han concluido investigaciones ministeriales y/o carpetas de investigación a partir de los cuales se hayan generado solicitudes de intervención de comunicación privadas”.

EFECTIVIDAD DE LA VIGILANCIA

En el reciente informe “¿Quién no defiende tus datos?”, la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), ubicó a la Fiscalía General del Estado de Veracruz en el quinto lugar nacional de la lista de autoridades que más solicitudes realizaron durante 2016 y 2017, dentro de las que figuran la Procuraduría General de la República (PGR), autoridades indeterminadas, la Fiscalía General del Estado de México y la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México.

Dentro de sus investigaciones basadas en solicitudes de información, la R3D revela que, durante 2013, la PGR y la FGE de Veracruz fueron las autoridades que más solicitaron la geolocalización de usuarios de telecomunicaciones.

Asimismo, la R3D pudo documentar el plazo máximo aplicado por algunas autoridades para el monitoreo continuo de la geolocalización de un usuario: los datos obtenidos revelan que autoridades como la PGR únicamente llevan a cabo la geolocalización por un máximo de un mes, mientras que otras autoridades como la Fiscalía General del Estado de Veracruz lo hacen hasta por seis meses.

Foto: AFP


Dentro de los hallazgos generales destacados del análisis de información obtenida en el periodo 2014-2015, se encontró que la inmensa mayoría de las averiguaciones previas en las que se utilizó alguna medida de vigilancia no se ejerció acción penal alguna.

“Únicamente el 8.76 por ciento de las averiguaciones previas en las que se ha utilizado alguna medida de vigilancia entre 2014 y 2015 se ha ejercido acción penal. Lo cual sugiere que aproximadamente el 90 por ciento de las personas que podrían haber sido vigiladas con fines de investigación penal no han sido acusadas de ningún delito ante un juez”, reporta el informe presentado en 2016.


Al respecto, la Red calificó el caso de la FGE Veracruz como “especialmente dramático”, pues de 2 mil 339 averiguaciones previas en las que dicha autoridad señaló que se utilizaron medidas de vigilancia, únicamente en 9 ejerció acción penal, es decir, solo en el 0.38 por ciento la investigación culminó con una acusación penal en contra de alguna persona.

Con dichos datos, se concluyó que “en el mejor de los casos la utilidad y eficacia de las medidas de vigilancia para fines de investigación criminal ha sido exagerada y, más preocupante, que en una gran cantidad de casos las autoridades investigadoras utilizan herramientas de vigilancia en contra de personas respecto de las cuales no existe evidencia de que hayan participado en la comisión de delito”.

“Este hecho, aunado a que el ejercicio de una gran cantidad de medidas de vigilancia fue llevado a cabo sin control judicial y sin la existencia de otras salvaguardas, sugiere en gran medida que la vigilancia estatal podría haber sido utilizada de manera ilegítima en contra de personas de manera impune”, apunta el informe.

Finalmente, este centro de investigación advierte que con la derogación de las obligaciones de transparencia, las empresas de telecomunicaciones cuentan aún con menores incentivos para proteger la información de sus usuarios, por lo que es posible que la proporción de los casos de abuso aumente o se perpetúe.

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