/ jueves 7 de febrero de 2019

En CMAS de Xalapa, nada de tocamientos, abrazos ni regalos

Entra en vigor Código de Ética para evitar hostigamiento sexual

Desde este jueves, los trabajadores al servicio de la Comisión Municipal de Agua y Saneamiento tienen prohibido realizar señales sexualmente sugerentes con las manos o por medio de los movimientos del cuerpo, tener contacto físico sugestivo o de naturaleza sexual (tocamientos, abrazos, besos, manoseo, jalones) y hacer regalos, dar preferencias indebidas o notoriamente diferentes o manifestar abiertamente o de manera indirecta el interés sexual por una persona.

Foto: René Corrales

La prohibición se pone en marcha al entrar en vigor el Código de Ética y de Conducta para quienes desempeñen un empleo, cargo o comisión, de cualquier naturaleza en la CMAS. La prohibición se aplica sin distinción de jerarquías, incluidas además aquellas personas que presten algún servicio para el organismo operador de agua en Xalapa.

Con la puesta en vigor del mencionado código se prohíben también las conductas dominantes, agresivas, intimidatorias u hostiles hacia una persona con la finalidad de que se someta a los deseos o intereses sexuales de alguna otra u otras personas. Entre las prohibiciones destacan también el espiar a una persona mientras ésta se cambia de ropa o está en el sanitario, condicionar la obtención de un empleo, su permanencia en él o las condiciones del mismo a cambio de aceptar conductas de naturaleza sexual; y obligar a la realización de actividades que no competen a sus labores u otras medidas disciplinarias en represalia por rechazar propuestas de carácter sexual.

El Código indica que con la puesta en marcha de las acciones mencionadas se fortalece la conducta y actuación de todos los servidores públicos “mediante el fomento, la promoción y difusión de principios, valores y virtudes. Los principios que orientan y guían la manera de ser y actuar de los servidores públicos de la CMAS estarán regidos por legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, economía, disciplina, profesionalismo, objetividad, transparencia, rendición de cuentas, competencia por mérito, eficacia, integridad, equidad, bien común, confidencialidad, prudencia, secrecía, cooperación, generosidad, honestidad, igualdad, justicia, liderazgo, rendición de cuentas, respeto, responsabilidad, tolerancia y solidaridad”.

El documento publicado en la Gaceta Oficial del Estado establece que los servidores públicos de CMAS deben prestar sus servicios a todas las personas sin distinción, exclusión, restricción, o preferencia basada en el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o en cualquier otro motivo.

Desde este jueves, los trabajadores al servicio de la Comisión Municipal de Agua y Saneamiento tienen prohibido realizar señales sexualmente sugerentes con las manos o por medio de los movimientos del cuerpo, tener contacto físico sugestivo o de naturaleza sexual (tocamientos, abrazos, besos, manoseo, jalones) y hacer regalos, dar preferencias indebidas o notoriamente diferentes o manifestar abiertamente o de manera indirecta el interés sexual por una persona.

Foto: René Corrales

La prohibición se pone en marcha al entrar en vigor el Código de Ética y de Conducta para quienes desempeñen un empleo, cargo o comisión, de cualquier naturaleza en la CMAS. La prohibición se aplica sin distinción de jerarquías, incluidas además aquellas personas que presten algún servicio para el organismo operador de agua en Xalapa.

Con la puesta en vigor del mencionado código se prohíben también las conductas dominantes, agresivas, intimidatorias u hostiles hacia una persona con la finalidad de que se someta a los deseos o intereses sexuales de alguna otra u otras personas. Entre las prohibiciones destacan también el espiar a una persona mientras ésta se cambia de ropa o está en el sanitario, condicionar la obtención de un empleo, su permanencia en él o las condiciones del mismo a cambio de aceptar conductas de naturaleza sexual; y obligar a la realización de actividades que no competen a sus labores u otras medidas disciplinarias en represalia por rechazar propuestas de carácter sexual.

El Código indica que con la puesta en marcha de las acciones mencionadas se fortalece la conducta y actuación de todos los servidores públicos “mediante el fomento, la promoción y difusión de principios, valores y virtudes. Los principios que orientan y guían la manera de ser y actuar de los servidores públicos de la CMAS estarán regidos por legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, economía, disciplina, profesionalismo, objetividad, transparencia, rendición de cuentas, competencia por mérito, eficacia, integridad, equidad, bien común, confidencialidad, prudencia, secrecía, cooperación, generosidad, honestidad, igualdad, justicia, liderazgo, rendición de cuentas, respeto, responsabilidad, tolerancia y solidaridad”.

El documento publicado en la Gaceta Oficial del Estado establece que los servidores públicos de CMAS deben prestar sus servicios a todas las personas sin distinción, exclusión, restricción, o preferencia basada en el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o en cualquier otro motivo.

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