/ martes 17 de diciembre de 2019

Hasta 20 años de prisión por violencia contra mujeres

La diputada local del PRI, Érika Ayala Ríos, presentó dicha iniciativa

XALAPA, Ver.- De diez a veinte años de prisión se podrían aplicar a la persona que ejerza violencia o genere daño a la salud hacia las mujeres por razón de género.

A propuesta de los coordinadores de bancada del Congreso local, se presentó la iniciativa de decreto por la que se adiciona un capítulo VII quater, denominado “lesiones cometidas contra la mujer en razón de su género”, con los artículos 367 quater y 367 quinquies, del Código Penal de Veracruz.

La diputada local del PRI, Érika Ayala Ríos, presentó dicha iniciativa en la que se establece que: Al que infiera alteración en la salud o daño, producido por causa externa, que deje huella material en el cuerpo de una mujer en razón de su género, se le impondrán de diez a quince años de prisión.

Para ello, se considera que existen razones de género, cuando concurra cualquiera de las siguientes circunstancias: La alteración o daño sea infamante o degradante, y datos que establezcan que se ha cometido cualquier tipo de violencia relacionada con el hecho delictuoso, por parte del sujeto activo en contra de la víctima o la víctima haya sido incomunicada.

Se indica que si entre el activo y la víctima existe o existió una relación sentimental, afectiva, de confianza, de parentesco, laboral, docente o cualquiera que implique subordinación o superioridad, se impondrán de quince a veinte años de prisión.

Las penas previstas aumentarán en dos tercios, en los siguientes casos: Cuando de la alteración o daño resulte una enfermedad incurable o la inutilización permanente o la pérdida de cualquier órgano, extremidad o función orgánica, o cuando la alteración o daño ponga en peligro la vida de la mujer.

XALAPA, Ver.- De diez a veinte años de prisión se podrían aplicar a la persona que ejerza violencia o genere daño a la salud hacia las mujeres por razón de género.

A propuesta de los coordinadores de bancada del Congreso local, se presentó la iniciativa de decreto por la que se adiciona un capítulo VII quater, denominado “lesiones cometidas contra la mujer en razón de su género”, con los artículos 367 quater y 367 quinquies, del Código Penal de Veracruz.

La diputada local del PRI, Érika Ayala Ríos, presentó dicha iniciativa en la que se establece que: Al que infiera alteración en la salud o daño, producido por causa externa, que deje huella material en el cuerpo de una mujer en razón de su género, se le impondrán de diez a quince años de prisión.

Para ello, se considera que existen razones de género, cuando concurra cualquiera de las siguientes circunstancias: La alteración o daño sea infamante o degradante, y datos que establezcan que se ha cometido cualquier tipo de violencia relacionada con el hecho delictuoso, por parte del sujeto activo en contra de la víctima o la víctima haya sido incomunicada.

Se indica que si entre el activo y la víctima existe o existió una relación sentimental, afectiva, de confianza, de parentesco, laboral, docente o cualquiera que implique subordinación o superioridad, se impondrán de quince a veinte años de prisión.

Las penas previstas aumentarán en dos tercios, en los siguientes casos: Cuando de la alteración o daño resulte una enfermedad incurable o la inutilización permanente o la pérdida de cualquier órgano, extremidad o función orgánica, o cuando la alteración o daño ponga en peligro la vida de la mujer.

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