/ miércoles 6 de junio de 2018

Otorgan orden de aprehensión contra Javier Duarte por desaparición forzada

El exgobernador está internado en Reclusorio Norte de la Ciudad de México por otros delitos

Otorgan orden de aprehensión contra del exmandatario veracruzano, Javier Duarte de Ochoa por el probable delito de desaparición forzada de personas. La jueza Alma Aleida Sosa Jiménez liberó la orden en contra del exgobernador


Esta orden fue solicitada por el propio Fiscal General del Estado, Jorge Winkler Ortíz, quien acudió al órgano jurisdiccional para solicitar a la juez se obsequiara dicha orden de aprehensión, la cual fue concedida


El Fiscal General del Estado fue quien llevó a cabo la diligencia de manera personal y estuvo con la juez Alma Aleida Sosa Jiménez alrededor de 3 horas, pues el fiscal llegó cerca de las 11 de la mañana y se retiró pasadas las 14:00 horas.


Cabe recordar que por el probable delito de desaparición forzada de personas y de acuerdo a la Ley aplicable a partir del 16 de enero del año en curso en todo el país Javier Duarte de Ochoa podría alcanzar una pena hasta 60 años de prisión.

Al exmandatario estatal estaría aplicándosele la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y es en el artículo 27 donde se tipifica ese delito.


"Comete el delito de desaparición forzada de personas, el servidor público o el particular que, con la autorización, el apoyo o la aquiescencia de un servidor público, prive de la libertad en cualquier forma a una persona, seguida de la abstención o negativa a reconocer dicha privación de la libertad o a proporcionar la información sobre la misma o su suerte, destino o paradero”.


Por lo que hace a la pena que puede alcanzar es el artículo 30 de esa Ley donde se establece que pudieran ser hasta 60 años de cárcel por el delito de desaparición forzada de personas.


"Se impondrá pena de cuarenta a sesenta años de prisión, y de diez mil a veinte mil días multa a las personas que incurran en las conductas previstas en los artículos 27 y 28."




“Adicionalmente, cuando el responsable tenga el carácter de servidor público, se impondrá la destitución e inhabilitación, según corresponda, para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión pública, hasta dos veces el mismo lapso de la privación de la libertad impuesta, a partir de que se cumpla con la pena de prisión”.


Duarte de Ochoa está recluido en la capital del país por delitos de orden federal, a los que se suman otros de carácter estatal en perjuicio de la hacienda pública estatal; y, se suma de forma reciente esta orden de aprehensión.

Otorgan orden de aprehensión contra del exmandatario veracruzano, Javier Duarte de Ochoa por el probable delito de desaparición forzada de personas. La jueza Alma Aleida Sosa Jiménez liberó la orden en contra del exgobernador


Esta orden fue solicitada por el propio Fiscal General del Estado, Jorge Winkler Ortíz, quien acudió al órgano jurisdiccional para solicitar a la juez se obsequiara dicha orden de aprehensión, la cual fue concedida


El Fiscal General del Estado fue quien llevó a cabo la diligencia de manera personal y estuvo con la juez Alma Aleida Sosa Jiménez alrededor de 3 horas, pues el fiscal llegó cerca de las 11 de la mañana y se retiró pasadas las 14:00 horas.


Cabe recordar que por el probable delito de desaparición forzada de personas y de acuerdo a la Ley aplicable a partir del 16 de enero del año en curso en todo el país Javier Duarte de Ochoa podría alcanzar una pena hasta 60 años de prisión.

Al exmandatario estatal estaría aplicándosele la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y es en el artículo 27 donde se tipifica ese delito.


"Comete el delito de desaparición forzada de personas, el servidor público o el particular que, con la autorización, el apoyo o la aquiescencia de un servidor público, prive de la libertad en cualquier forma a una persona, seguida de la abstención o negativa a reconocer dicha privación de la libertad o a proporcionar la información sobre la misma o su suerte, destino o paradero”.


Por lo que hace a la pena que puede alcanzar es el artículo 30 de esa Ley donde se establece que pudieran ser hasta 60 años de cárcel por el delito de desaparición forzada de personas.


"Se impondrá pena de cuarenta a sesenta años de prisión, y de diez mil a veinte mil días multa a las personas que incurran en las conductas previstas en los artículos 27 y 28."




“Adicionalmente, cuando el responsable tenga el carácter de servidor público, se impondrá la destitución e inhabilitación, según corresponda, para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión pública, hasta dos veces el mismo lapso de la privación de la libertad impuesta, a partir de que se cumpla con la pena de prisión”.


Duarte de Ochoa está recluido en la capital del país por delitos de orden federal, a los que se suman otros de carácter estatal en perjuicio de la hacienda pública estatal; y, se suma de forma reciente esta orden de aprehensión.

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