/ martes 29 de enero de 2019

Para lograr un ahorro, ayuntamientos podrían disminuir el número de ediles: diputado

Con la aplicación de la propuesta se tendría una reducción del 48% del total de los regidores actuales que conforman los ayuntamientos, lo que significaría un ahorro anual considerable para sus finanzas, abundó

El diputado de Morena, Amado Jesús Cruz Malpica, propuso una reforma a la Ley Orgánica del Municipio Libre para reducir el número de ediles que tienen los ayuntamientos del estado y con ello generar un ahorro.

En su propuesta se integró una proyección de ahorro de hasta 9 millones 489 mil 25 pesos 60 centavos anuales con la reducción de 24 ediles en los ayuntamientos de Cosoleacaque, Ixtaczoquitlán, Paso del Macho, Río Blanco, Sayula de Alemán, Tezonapa y Tierra Blanca.

Al subir a tribuna, el legislador explicó que la reducción del número tasado de ediles que deben integrar cada ayuntamiento en relación con la población de cada municipio, se estimaría en rangos de sólo tres niveles.

Ello debido a que actualmente el artículo 21 de la Ley Orgánica del Municipio Libre de Veracruz establece una distribución de número de ediles en los rangos de tres, cinco, siete, nueve, trece y hasta quince ediles, según el número de población de cada municipio, por lo que se tiene un total de 630 regidores que integran los 212 ayuntamientos.

En la iniciativa se pretende reducir el número de ediles posibles por población en rangos de tres, cinco y siete, que corresponderían a municipios con población de hasta 70 mil habitantes; con más de 70 mil habitantes hasta 150 mil habitantes, y aquellos municipios con más de 150 mil habitantes, respectivamente, siempre que su capacidad económica lo permita.

Foto: Archivo | Diario de Xalapa


La modificación pretende lograr una reducción drástica del costo que para los ciudadanos constituye la existencia de ese órgano colegiado, más no en su operación, pues se estima que las conformaciones planteadas son suficientes para lograr el correcto gobierno en los diferentes municipios, asegurando la diversidad y contrapesos políticos sin propiciar un derroche de recursos o una sobrerrepresentación innecesaria en municipios con necesidades apremiantes en materia de recursos públicos.

Con la aplicación de la misma se tendría una reducción del 48 por ciento del total de los regidores actuales que conforman los ayuntamientos, lo que significaría un ahorro anual considerable para sus finanzas, que puede ser aprovechado en otros rubros para cumplir necesidades prioritarias.

De esta forma, el número de ediles por ayuntamientos se establecería de la siguiente manera: tres para los municipios de hasta 70 mil habitantes; cinco para los municipios de más de 70 mil y hasta 150 mil habitantes, y siete para los municipios de más 150,000 habitantes.

Además, se especifica que el Congreso del Estado podrá modificar, por el voto de las dos terceras partes de sus integrantes el número de ediles, con base en el Censo General de Población de cada diez años o, en su caso, el Conteo de Población y Vivienda, previo a la elección que corresponda, escuchando la opinión de los ayuntamientos respectivos y, en su caso, atendiendo la propuesta que presente el Organismo Público Local Electoral en el estado, a fin de actualizar su número, para efectos de lo dispuesto en las fracciones anteriores.

El diputado de Morena, Amado Jesús Cruz Malpica, propuso una reforma a la Ley Orgánica del Municipio Libre para reducir el número de ediles que tienen los ayuntamientos del estado y con ello generar un ahorro.

En su propuesta se integró una proyección de ahorro de hasta 9 millones 489 mil 25 pesos 60 centavos anuales con la reducción de 24 ediles en los ayuntamientos de Cosoleacaque, Ixtaczoquitlán, Paso del Macho, Río Blanco, Sayula de Alemán, Tezonapa y Tierra Blanca.

Al subir a tribuna, el legislador explicó que la reducción del número tasado de ediles que deben integrar cada ayuntamiento en relación con la población de cada municipio, se estimaría en rangos de sólo tres niveles.

Ello debido a que actualmente el artículo 21 de la Ley Orgánica del Municipio Libre de Veracruz establece una distribución de número de ediles en los rangos de tres, cinco, siete, nueve, trece y hasta quince ediles, según el número de población de cada municipio, por lo que se tiene un total de 630 regidores que integran los 212 ayuntamientos.

En la iniciativa se pretende reducir el número de ediles posibles por población en rangos de tres, cinco y siete, que corresponderían a municipios con población de hasta 70 mil habitantes; con más de 70 mil habitantes hasta 150 mil habitantes, y aquellos municipios con más de 150 mil habitantes, respectivamente, siempre que su capacidad económica lo permita.

Foto: Archivo | Diario de Xalapa


La modificación pretende lograr una reducción drástica del costo que para los ciudadanos constituye la existencia de ese órgano colegiado, más no en su operación, pues se estima que las conformaciones planteadas son suficientes para lograr el correcto gobierno en los diferentes municipios, asegurando la diversidad y contrapesos políticos sin propiciar un derroche de recursos o una sobrerrepresentación innecesaria en municipios con necesidades apremiantes en materia de recursos públicos.

Con la aplicación de la misma se tendría una reducción del 48 por ciento del total de los regidores actuales que conforman los ayuntamientos, lo que significaría un ahorro anual considerable para sus finanzas, que puede ser aprovechado en otros rubros para cumplir necesidades prioritarias.

De esta forma, el número de ediles por ayuntamientos se establecería de la siguiente manera: tres para los municipios de hasta 70 mil habitantes; cinco para los municipios de más de 70 mil y hasta 150 mil habitantes, y siete para los municipios de más 150,000 habitantes.

Además, se especifica que el Congreso del Estado podrá modificar, por el voto de las dos terceras partes de sus integrantes el número de ediles, con base en el Censo General de Población de cada diez años o, en su caso, el Conteo de Población y Vivienda, previo a la elección que corresponda, escuchando la opinión de los ayuntamientos respectivos y, en su caso, atendiendo la propuesta que presente el Organismo Público Local Electoral en el estado, a fin de actualizar su número, para efectos de lo dispuesto en las fracciones anteriores.

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