/ jueves 3 de diciembre de 2020

Pleno de la SCJN invalida el Decreto 580 de Veracruz

Al incidir en los intereses de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas las autoridades locales estaban obligadas a realizar una consulta previa

Xalapa, Ver.- El pleno de la Suprema Corte Justicia de la Nación invalidó el decreto 580 sobre la publicación del Código Electoral y la ley orgánica del Municipio Libre en el estado de Veracruz relacionado con el proceso electoral 2021.

Con esto, ministras y ministros echaron abajo la totalidad de la reforma en materia constitucional (que se había votado en noviembre pasado) y ahora la legislación electoral aplicable para los comicios para elegir a autoridades en 212 ayuntamientos y 50 diputados locales promovida por Morena y aliados en Congreso de Veracruz.

Se estableció pervive la legislación electoral anterior a la reforma.

Así se valoró el último paquete de acciones de inconstitucionalidad 241/2020 y sus acumuladas 242, 243, 348 y 251 promovidas por partidos políticos de la Revolución Democrática, Revolucionario Institucional, Acción Nacional, Movimiento Ciudadano y local, Unidad Ciudadana del estado de Veracruz.

Además, este tribunal constitucional ordenó consultar a las comunidades indígenas y afromexicanas al año siguiente de concluido el proceso electoral ordinario.

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También se invalidó el decreto 594 relacionado en la materia para evitar cualquier inseguridad jurídica.

Y de esta manera, la Corte declaró definitivamente resuelto este asunto.

Xalapa, Ver.- El pleno de la Suprema Corte Justicia de la Nación invalidó el decreto 580 sobre la publicación del Código Electoral y la ley orgánica del Municipio Libre en el estado de Veracruz relacionado con el proceso electoral 2021.

Con esto, ministras y ministros echaron abajo la totalidad de la reforma en materia constitucional (que se había votado en noviembre pasado) y ahora la legislación electoral aplicable para los comicios para elegir a autoridades en 212 ayuntamientos y 50 diputados locales promovida por Morena y aliados en Congreso de Veracruz.

Se estableció pervive la legislación electoral anterior a la reforma.

Así se valoró el último paquete de acciones de inconstitucionalidad 241/2020 y sus acumuladas 242, 243, 348 y 251 promovidas por partidos políticos de la Revolución Democrática, Revolucionario Institucional, Acción Nacional, Movimiento Ciudadano y local, Unidad Ciudadana del estado de Veracruz.

Además, este tribunal constitucional ordenó consultar a las comunidades indígenas y afromexicanas al año siguiente de concluido el proceso electoral ordinario.

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Y de esta manera, la Corte declaró definitivamente resuelto este asunto.

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