Xalapa, Ver.- Se castigará hasta con 15 años de prisión y una multa de entre 35 mil y 71 mil pesos a quien agreda o amenace a un policía en la entidad.
El Congreso local aprobó un paquete de reformas al Código Penal que incluyen, además, la actualización de causales y sanciones hacia quien cometa extorsión, despojo y delitos contra las instituciones o aplique espionaje a las autoridades de seguridad.
Por ello, se estableció que se impondrán de 7 a 15 años de prisión y multa de 400 a 800 Unidades de Medida y Actualización a quien amenace o agreda a un integrante o elemento de alguna institución de Seguridad Pública municipal o estatal en el momento de ejercer sus funciones.
También establece sanción de 7 a 15 años de prisión a multa a quien: Utilice instrumentos punzocortantes, punzo contundentes, contuso cortantes, contuso contundentes o de cualquier material que, por su resistencia o su fuerza, dañe o impida el paso de vehículos de seguridad pública municipal o estatal.
Posea, porte o utilice en su persona, domicilio o en el lugar donde se le detenga equipos o artefactos de comunicación de cualquier tipo para acechar, vigilar o realizar cualquier acto encaminado a obtener y comunicar actividades o labores de los integrantes o elementos de seguridad.
Además, se aplicará dicha sanción para quien porte o utilice equipos o artefactos que permitan la intervención, escucha o transmisión de canales de comunicaciones oficiales de las instituciones de Seguridad Pública estatal o municipales, sin la autorización.
En caso de permitir la instalación de antenas o cualquier instrumento de comunicación en bienes de su propiedad o posesión, con la finalidad de obtener y brindar información a cualquier persona sobre las acciones de elementos de seguridad pública estatal o municipal.
Para quien posea, porte o utilice uniformes, prendas de vestir, insignias, distintivos o equipos correspondientes o similares a los utilizados por cualquiera de las instituciones de seguridad pública.
Si se encuentra a persona, domicilio o en el lugar donde se le detenga, escritos, documentos o mensajes producidos o trasmitidos por cualquier medio tecnológico, que tengan relación con actividades ilícitas.
Además, para aquella persona que posea, porte o utilice, en su persona, domicilio o en el lugar donde se le detenga, accesorios u objetos que se utilizan en los vehículos oficiales de Seguridad Pública municipal o estatal; o cuando se custodie un vehículo que simule ser de las Instituciones de seguridad; o porte una identificación falsa o alterada de alguna institución de Seguridad Pública municipal o estatal.