/ viernes 8 de febrero de 2019

¿Trabajas en CMAS? que ni se te ocurra regalar algo o abrazar

Entra en vigor el Código de Ética y de Conducta para quienes desempeñen un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la dependencia

Xalapa, Ver.- Los trabajadores al servicio de la Comisión Municipal de Agua y Saneamiento tienen prohibido realizar señales sexualmente sugerentes con las manos o por medio de los movimientos del cuerpo, tener contacto físico sugestivo o de naturaleza sexual (tocamientos, abrazos, besos, manoseo, jalones) y hacer regalos, dar preferencias indebidas o notoriamente diferentes o manifestar abiertamente o de manera indirecta el interés sexual por una persona.

La prohibición se pone en marcha al entrar en vigor el Código de Ética y de Conducta para quienes desempeñen un empleo, cargo o comisión, de cualquier naturaleza en la CMAS. La prohibición se aplica sin distinción de jerarquías, incluidas además aquellas personas que presten algún servicio para el organismo operador del agua en Xalapa.

Se prohíben también las conductas dominantes, agresivas, intimidatorias u hostiles hacia una persona con la finalidad de que se someta a los deseos o intereses sexuales de alguna otra u otras personas. Entre las prohibiciones destaca también el espiar a una persona mientras ésta se cambia de ropa o está en el sanitario, condicionar la obtención de un empleo, su permanencia en él o las condiciones del mismo a cambio de aceptar conductas de naturaleza sexual, y obligar a la realización de actividades que no competen a sus labores u otras medidas disciplinarias en represalia por rechazar propuestas de carácter sexual.

El Código indica que con la puesta en marcha de las acciones mencionadas se fortalece la conducta y actuación de todos los servidores públicos “mediante el fomento, la promoción y difusión de principios, valores y virtudes.

Los principios que orientan y guían la manera de ser y actuar de los servidores públicos de la CMAS estarán regidos por legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, economía, disciplina, profesionalismo, objetividad, transparencia, rendición de cuentas, competencia por mérito, eficacia, integridad, equidad, bien común, confidencialidad, prudencia, secrecía, cooperación, generosidad, honestidad, igualdad, justicia, liderazgo, rendición de cuentas, respeto, responsabilidad, tolerancia y solidaridad”.

El documento publicado en la Gaceta Oficial del Estado establece que los servidores públicos de CMAS deben prestar sus servicios a todas las personas sin distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en el origen étnico o nacional, color de piel, cultura, sexo, género, edad, discapacidades, condición social, económica, de salud o jurídica, religión, apariencia física, características genéticas, situación migratoria, embarazo, lengua, opiniones, preferencias sexuales, identidad o filiación política, estado civil, situación familiar, responsabilidades familiares, idioma, antecedentes penales o en cualquier otro motivo.

Xalapa, Ver.- Los trabajadores al servicio de la Comisión Municipal de Agua y Saneamiento tienen prohibido realizar señales sexualmente sugerentes con las manos o por medio de los movimientos del cuerpo, tener contacto físico sugestivo o de naturaleza sexual (tocamientos, abrazos, besos, manoseo, jalones) y hacer regalos, dar preferencias indebidas o notoriamente diferentes o manifestar abiertamente o de manera indirecta el interés sexual por una persona.

La prohibición se pone en marcha al entrar en vigor el Código de Ética y de Conducta para quienes desempeñen un empleo, cargo o comisión, de cualquier naturaleza en la CMAS. La prohibición se aplica sin distinción de jerarquías, incluidas además aquellas personas que presten algún servicio para el organismo operador del agua en Xalapa.

Se prohíben también las conductas dominantes, agresivas, intimidatorias u hostiles hacia una persona con la finalidad de que se someta a los deseos o intereses sexuales de alguna otra u otras personas. Entre las prohibiciones destaca también el espiar a una persona mientras ésta se cambia de ropa o está en el sanitario, condicionar la obtención de un empleo, su permanencia en él o las condiciones del mismo a cambio de aceptar conductas de naturaleza sexual, y obligar a la realización de actividades que no competen a sus labores u otras medidas disciplinarias en represalia por rechazar propuestas de carácter sexual.

El Código indica que con la puesta en marcha de las acciones mencionadas se fortalece la conducta y actuación de todos los servidores públicos “mediante el fomento, la promoción y difusión de principios, valores y virtudes.

Los principios que orientan y guían la manera de ser y actuar de los servidores públicos de la CMAS estarán regidos por legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, economía, disciplina, profesionalismo, objetividad, transparencia, rendición de cuentas, competencia por mérito, eficacia, integridad, equidad, bien común, confidencialidad, prudencia, secrecía, cooperación, generosidad, honestidad, igualdad, justicia, liderazgo, rendición de cuentas, respeto, responsabilidad, tolerancia y solidaridad”.

El documento publicado en la Gaceta Oficial del Estado establece que los servidores públicos de CMAS deben prestar sus servicios a todas las personas sin distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en el origen étnico o nacional, color de piel, cultura, sexo, género, edad, discapacidades, condición social, económica, de salud o jurídica, religión, apariencia física, características genéticas, situación migratoria, embarazo, lengua, opiniones, preferencias sexuales, identidad o filiación política, estado civil, situación familiar, responsabilidades familiares, idioma, antecedentes penales o en cualquier otro motivo.

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