/ martes 18 de agosto de 2020

Diputada presenta iniciativa para prohibir comida chatarra a menores en Veracruz

Para prevenir y combatir la obesidad y el sobrepeso de niñas, niños y adolescentes, las secretarías se coordinarán para elaborar un censo escolar

La diputada de Morena, Magaly Armenta Oliveros, presentó una iniciativa con la que se busca prohibir, vender o regalar a niñas, niños y adolescentes bebidas azucaradas y alimentos de alto contenido calórico.

Retomando la reforma a la Ley de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, aprobada en el Congreso de Oaxaca y con la que se prohíbe vender, regalar o distribuir productos alimentarios no saludables a menores de edad, fue que en el estado se plantea una modificación a la Ley de Salud del Estado.

La propuesta local adicionar un capítulo III BIS al Título Séptimo de mencionada Ley, el cual se denominará: Programa Estatal para Prevenir y combatir la obesidad y el sobrepeso en Niñas, Niños y Adolescentes.

Foto: Jaime Ramírez | El Sol de Córdoba

En la misma se establece que “En cualquier parte del territorio estatal, se prohíbe, vender o regalar, a niñas, niños y adolescentes, bebidas azucaradas y alimentos de alto contenido calórico”.

Se indica que en instituciones educativas públicas o privadas del nivel básico y media superior, se prohíbe exhibir, vender o regalar a niñas, niños y adolescentes bebidas azucaradas y alimentos de alto contenido calórico.

Asimismo, en instituciones educativas públicas o privadas del nivel básico y media superior, se prohíbe, exhibir, vender o regalar, a niñas, niños y adolescentes, a través de distribuidores automáticos o maquinas distribuidoras, bebidas azucaradas y alimentos de alto contenido calórico.

Se señala que cualquier establecimiento que prepare y venda comida al público deberá incluir, en sus menús, cartas o escaparates, las calorías que contiene cada platillo.

Y se advierte que el incumplimiento de la Ley generará las sanciones administrativas: Apercibimiento, multa de 20 Unidades de Medida y Actualización, la clausura parcial del establecimiento o la clausura total en caso de reincidencia.

Se aclara que se dispensa, a la madre, al padre o al tutor legal de dichas prohibiciones, debido a que deben ser los responsables de la correcta alimentación de las niñas, niños y adolescentes.

Foto: Jaime Ramírez | El Sol de Córdoba

En la explicación se indica que el Gobierno del Estado, a través de la Secretaria de Salud, se coordinará con las autoridades correspondientes para ejecutar en la entidad el Programa Estatal para Prevenir y combatir la obesidad y el sobrepeso en Niñas, Niños y Adolescentes.

Para ello, se contempla la aplicación de las siguientes acciones: Prevención y tratamiento de padecimientos originados por la obesidad y el sobrepeso en niñas, niños y adolescentes; y la educación sobre los efectos de la obesidad y el sobrepeso en la salud, dirigida especialmente a la familia, niñas, niños y adolescentes, a través de métodos individuales, colectivos o de comunicación masiva, incluyendo la orientación de la población para evitar consumir alimentos con bajo valor nutricional.

Se detalla que las bebidas y alimentos de alto contenido calórico serán aquellas que sobrepasen los límites máximos de azucares, grasas satura­ das, grasas trans y sodio añadidos, de conformidad a lo establecido en la Norma Oficial Mexicana correspondiente.

En lo que corresponde a las sanciones administrativas se contempla que la Secretaría de Salud, por conducto del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Veracruz, fundará y motivará su resolución, realizará el proceso respetando la garantía de audiencia y calificará la sanción correspondiente atendiendo a la gravedad de la infracción.

Dicha dependencia, además, en coordinación con la Secretaría de Educación de Veracruz, implementará programas de actividad física y deportes para niñas, niños y adolescentes en los centros escolares públicos y privados.

Para prevenir y combatir la obesidad y el sobrepeso de niñas, niños y adolescentes, las secretarías se coordinarán para elaborar un censo escolar en cada uno de los planteles públicos y privados del Sistema Educativo del estado que tengan inscritos a niñas, niños y adolescentes.

El censo se realizará mediante la cédula de captación de información para la prevención y contención de la obesidad y el sobrepeso en niñas, niños y adolescentes, la cual contendrá: Municipio, localidad, nombre del plantel educativo; nombre del alumno; edad; grado; estatura; peso; Índice de Masa Corporal (IMC); peso ideal; y porcentaje de sobrepeso.

Asimismo, la Secretaría de Salud en coordinación con el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado y los 212 Sistemas municipales, elaborará una estrategia de alimentación saludable que resulte aplicable para las niñas, niños y adolescentes tanto en los medios urbanos como rurales y que incluya diversos tipos de dietas.

La diputada de Morena, Magaly Armenta Oliveros, presentó una iniciativa con la que se busca prohibir, vender o regalar a niñas, niños y adolescentes bebidas azucaradas y alimentos de alto contenido calórico.

Retomando la reforma a la Ley de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, aprobada en el Congreso de Oaxaca y con la que se prohíbe vender, regalar o distribuir productos alimentarios no saludables a menores de edad, fue que en el estado se plantea una modificación a la Ley de Salud del Estado.

La propuesta local adicionar un capítulo III BIS al Título Séptimo de mencionada Ley, el cual se denominará: Programa Estatal para Prevenir y combatir la obesidad y el sobrepeso en Niñas, Niños y Adolescentes.

Foto: Jaime Ramírez | El Sol de Córdoba

En la misma se establece que “En cualquier parte del territorio estatal, se prohíbe, vender o regalar, a niñas, niños y adolescentes, bebidas azucaradas y alimentos de alto contenido calórico”.

Se indica que en instituciones educativas públicas o privadas del nivel básico y media superior, se prohíbe exhibir, vender o regalar a niñas, niños y adolescentes bebidas azucaradas y alimentos de alto contenido calórico.

Asimismo, en instituciones educativas públicas o privadas del nivel básico y media superior, se prohíbe, exhibir, vender o regalar, a niñas, niños y adolescentes, a través de distribuidores automáticos o maquinas distribuidoras, bebidas azucaradas y alimentos de alto contenido calórico.

Se señala que cualquier establecimiento que prepare y venda comida al público deberá incluir, en sus menús, cartas o escaparates, las calorías que contiene cada platillo.

Y se advierte que el incumplimiento de la Ley generará las sanciones administrativas: Apercibimiento, multa de 20 Unidades de Medida y Actualización, la clausura parcial del establecimiento o la clausura total en caso de reincidencia.

Se aclara que se dispensa, a la madre, al padre o al tutor legal de dichas prohibiciones, debido a que deben ser los responsables de la correcta alimentación de las niñas, niños y adolescentes.

Foto: Jaime Ramírez | El Sol de Córdoba

En la explicación se indica que el Gobierno del Estado, a través de la Secretaria de Salud, se coordinará con las autoridades correspondientes para ejecutar en la entidad el Programa Estatal para Prevenir y combatir la obesidad y el sobrepeso en Niñas, Niños y Adolescentes.

Para ello, se contempla la aplicación de las siguientes acciones: Prevención y tratamiento de padecimientos originados por la obesidad y el sobrepeso en niñas, niños y adolescentes; y la educación sobre los efectos de la obesidad y el sobrepeso en la salud, dirigida especialmente a la familia, niñas, niños y adolescentes, a través de métodos individuales, colectivos o de comunicación masiva, incluyendo la orientación de la población para evitar consumir alimentos con bajo valor nutricional.

Se detalla que las bebidas y alimentos de alto contenido calórico serán aquellas que sobrepasen los límites máximos de azucares, grasas satura­ das, grasas trans y sodio añadidos, de conformidad a lo establecido en la Norma Oficial Mexicana correspondiente.

En lo que corresponde a las sanciones administrativas se contempla que la Secretaría de Salud, por conducto del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Veracruz, fundará y motivará su resolución, realizará el proceso respetando la garantía de audiencia y calificará la sanción correspondiente atendiendo a la gravedad de la infracción.

Dicha dependencia, además, en coordinación con la Secretaría de Educación de Veracruz, implementará programas de actividad física y deportes para niñas, niños y adolescentes en los centros escolares públicos y privados.

Para prevenir y combatir la obesidad y el sobrepeso de niñas, niños y adolescentes, las secretarías se coordinarán para elaborar un censo escolar en cada uno de los planteles públicos y privados del Sistema Educativo del estado que tengan inscritos a niñas, niños y adolescentes.

El censo se realizará mediante la cédula de captación de información para la prevención y contención de la obesidad y el sobrepeso en niñas, niños y adolescentes, la cual contendrá: Municipio, localidad, nombre del plantel educativo; nombre del alumno; edad; grado; estatura; peso; Índice de Masa Corporal (IMC); peso ideal; y porcentaje de sobrepeso.

Asimismo, la Secretaría de Salud en coordinación con el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado y los 212 Sistemas municipales, elaborará una estrategia de alimentación saludable que resulte aplicable para las niñas, niños y adolescentes tanto en los medios urbanos como rurales y que incluya diversos tipos de dietas.

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