/ jueves 31 de agosto de 2023

CNDH emite recomendación al IMSS por negligencia que provocó muerte de adulto mayor

Adulto mayor fue llevado 3 veces a hospital pero fue desestimado presuntamente su caso

Veracruz, Ver.- La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió recomendaciones al Hospital General de la zona número 71 y a la Unidad de Medicina Familiar número 57 ambas ubicadas en la ciudad de Veracruz tras la negligencia que provocó la muerte de una persona adulta mayor en el 2020.

En el documento que consta de 41 páginas la dependencia federal expuso la queja interpuesta por familiares de un adulto mayor que acudió a la UMF-57 en octubre del 2020 debido a un dolor abdominal, estreñimiento y reflujo.

¿Cómo fue denunciada la negligencia?

Según el documento el personal consideró que el casi no era grave y lo regresó a su casa prescribiéndole medicamento. El paciente regresó al día siguiente al área de urgencias y el personal le dijo que no podían atenderla porque solo estaban brindando atención a personas con Covid-19.

El 5 de octubre de 2020, lo llevaron a urgencias de esa misma unidad médica, en el cual indicaron que se trataba de estreñimiento, le comentaron que tenía una hernia la que había que operar, recetándole únicamente un laxante y, se ordenó la práctica de estudios clínicos.

El 6 de octubre de 2020, acudieron de nueva cuenta al área de urgencias de la UMF-57, donde les dijeron que no lo podían atender porque solo estaban brindando atención médica a personas que tenían Covid-19, no había ambulancia para trasladarlo al HGZ-71, logrando a través de gestiones su traslado a ese nosocomio, el personal médico les indicó que el paciente se encontraba en muy mal estado de salud, con pronóstico reservado, ya que había pasado mucho tiempo sin ser atendido y ante la imposibilidad de evacuar normalmente, lo estaba haciendo vía oral, falleciendo horas más tarde.

Por estos hechos, se inició el expediente de queja CNDH/PRESI/2020/10013/Q, para documentar las violaciones a derechos humanos, se solicitó diversa información al IMSS, entre ella, copia del expediente clínico, cuya valoración lógico-jurídica será objeto de análisis en el capítulo de Observaciones y Análisis de las Pruebas de esta Recomendación.

La recomendación emitida es que se indemnice a los familiares de la víctima y se de seguimiento a la denuncia administrativa que la CNDH presente contra el personal ante el Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Que se imparta un curso integral de capacitación de contenido de la GPC Diagnóstico y Tratamiento de las Hernias Inguinales y Femorales; sobre la Ley General de Salud y Reglamento de la Ley General de Salud y, otro sobre capacitación y formación en materia de derechos humanos, que considere los principios de accesibilidad, aceptabilidad, disponibilidad y calidad relacionados con el derecho a la protección a la salud, regulación de los servicios de salud, que establecen los criterios de funcionamiento y atención en los servicios de urgencias de los establecimientos para la atención médica, dirigido al personal de la UMF-57 de manera específica en el área de Urgencias.

En un término de dos meses, a partir de la aceptación de la presente recomendación, deberá emitir una circular dirigida al personal de la UMF-57, específicamente al servicio de urgencias en las medidas pertinentes de atención, prevención y supervisión de los programas de manejo médico.

Veracruz, Ver.- La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió recomendaciones al Hospital General de la zona número 71 y a la Unidad de Medicina Familiar número 57 ambas ubicadas en la ciudad de Veracruz tras la negligencia que provocó la muerte de una persona adulta mayor en el 2020.

En el documento que consta de 41 páginas la dependencia federal expuso la queja interpuesta por familiares de un adulto mayor que acudió a la UMF-57 en octubre del 2020 debido a un dolor abdominal, estreñimiento y reflujo.

¿Cómo fue denunciada la negligencia?

Según el documento el personal consideró que el casi no era grave y lo regresó a su casa prescribiéndole medicamento. El paciente regresó al día siguiente al área de urgencias y el personal le dijo que no podían atenderla porque solo estaban brindando atención a personas con Covid-19.

El 5 de octubre de 2020, lo llevaron a urgencias de esa misma unidad médica, en el cual indicaron que se trataba de estreñimiento, le comentaron que tenía una hernia la que había que operar, recetándole únicamente un laxante y, se ordenó la práctica de estudios clínicos.

El 6 de octubre de 2020, acudieron de nueva cuenta al área de urgencias de la UMF-57, donde les dijeron que no lo podían atender porque solo estaban brindando atención médica a personas que tenían Covid-19, no había ambulancia para trasladarlo al HGZ-71, logrando a través de gestiones su traslado a ese nosocomio, el personal médico les indicó que el paciente se encontraba en muy mal estado de salud, con pronóstico reservado, ya que había pasado mucho tiempo sin ser atendido y ante la imposibilidad de evacuar normalmente, lo estaba haciendo vía oral, falleciendo horas más tarde.

Por estos hechos, se inició el expediente de queja CNDH/PRESI/2020/10013/Q, para documentar las violaciones a derechos humanos, se solicitó diversa información al IMSS, entre ella, copia del expediente clínico, cuya valoración lógico-jurídica será objeto de análisis en el capítulo de Observaciones y Análisis de las Pruebas de esta Recomendación.

La recomendación emitida es que se indemnice a los familiares de la víctima y se de seguimiento a la denuncia administrativa que la CNDH presente contra el personal ante el Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Que se imparta un curso integral de capacitación de contenido de la GPC Diagnóstico y Tratamiento de las Hernias Inguinales y Femorales; sobre la Ley General de Salud y Reglamento de la Ley General de Salud y, otro sobre capacitación y formación en materia de derechos humanos, que considere los principios de accesibilidad, aceptabilidad, disponibilidad y calidad relacionados con el derecho a la protección a la salud, regulación de los servicios de salud, que establecen los criterios de funcionamiento y atención en los servicios de urgencias de los establecimientos para la atención médica, dirigido al personal de la UMF-57 de manera específica en el área de Urgencias.

En un término de dos meses, a partir de la aceptación de la presente recomendación, deberá emitir una circular dirigida al personal de la UMF-57, específicamente al servicio de urgencias en las medidas pertinentes de atención, prevención y supervisión de los programas de manejo médico.

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