/ domingo 14 de febrero de 2021

Una gran elección de alta responsabilidad

En tanto el ejercicio de la soberanía se ejerce para la renovación de los poderes de la Unión en los estados y la CdMx, la Constitución Política federal, las de las entidades federativas y la Ciudad de México, definen y reglamentan los procesos preparatorios y las modalidades que los ciudadanos deben cumplir, bajo el principio de la “paridad de género”, que garantiza los mismos derechos en la postulación de candidaturas entre mujeres y hombres.

En una lógica respuesta al registro de población que aparece en el INEGI, donde aproximadamente el 48% se integra por el género masculino y el 52% por el género femenino, del total de la población nacional en edad de votar.

El requisito principal para la participación política, activa o pasiva, es decir, para votar y ser votado, es inscribirse en el registro nacional de electores para obtener la credencial que acredite al elector, quien debe ser mexicano por nacimiento o nacionalizado, haber cumplido la mayoría de edad y no haber sido condenado por autoridad judicial competente a la suspensión temporal o pérdida definitiva de sus derechos políticos, según lo dispongan los ordenamientos jurídicos complementarios del artículo 41 constitucional.

En México, los partidos políticos tienen como finalidad la promoción y convocatoria a la población para participar en todos los procesos democráticos y para enlistarse y formar parte de los organismos electorales, con el requisito indispensable de estar capacitado para su desempeño y en casos específicos, ser propuesto y representar a los partidos políticos, garantizando el respeto a los partidos y actores políticos, así como a los votantes que el día de la jornada electoral se les habrá de facilitar lo necesario para emitir “el sufragio universal, libre, secreto y directo”.

La participación en los partidos políticos es exclusiva para ciudadanas y ciudadanos, de manera individual, sin que las organizaciones gremiales aparezcan con un registro o afiliación corporativa que pudiera contravenir el objeto social de los partidos.

La próxima elección que culmina el domingo 6 de junio del año que cursamos servirá para probar la capacidad de los mexicanos en el proceso democrático, donde históricamente se elegirán candidatos para más de 21 mil puestos de elección popular. Apelamos a la demostración de una cultura cívica que permita el cambio de autoridades con tranquilidad y paz.

En tanto el ejercicio de la soberanía se ejerce para la renovación de los poderes de la Unión en los estados y la CdMx, la Constitución Política federal, las de las entidades federativas y la Ciudad de México, definen y reglamentan los procesos preparatorios y las modalidades que los ciudadanos deben cumplir, bajo el principio de la “paridad de género”, que garantiza los mismos derechos en la postulación de candidaturas entre mujeres y hombres.

En una lógica respuesta al registro de población que aparece en el INEGI, donde aproximadamente el 48% se integra por el género masculino y el 52% por el género femenino, del total de la población nacional en edad de votar.

El requisito principal para la participación política, activa o pasiva, es decir, para votar y ser votado, es inscribirse en el registro nacional de electores para obtener la credencial que acredite al elector, quien debe ser mexicano por nacimiento o nacionalizado, haber cumplido la mayoría de edad y no haber sido condenado por autoridad judicial competente a la suspensión temporal o pérdida definitiva de sus derechos políticos, según lo dispongan los ordenamientos jurídicos complementarios del artículo 41 constitucional.

En México, los partidos políticos tienen como finalidad la promoción y convocatoria a la población para participar en todos los procesos democráticos y para enlistarse y formar parte de los organismos electorales, con el requisito indispensable de estar capacitado para su desempeño y en casos específicos, ser propuesto y representar a los partidos políticos, garantizando el respeto a los partidos y actores políticos, así como a los votantes que el día de la jornada electoral se les habrá de facilitar lo necesario para emitir “el sufragio universal, libre, secreto y directo”.

La participación en los partidos políticos es exclusiva para ciudadanas y ciudadanos, de manera individual, sin que las organizaciones gremiales aparezcan con un registro o afiliación corporativa que pudiera contravenir el objeto social de los partidos.

La próxima elección que culmina el domingo 6 de junio del año que cursamos servirá para probar la capacidad de los mexicanos en el proceso democrático, donde históricamente se elegirán candidatos para más de 21 mil puestos de elección popular. Apelamos a la demostración de una cultura cívica que permita el cambio de autoridades con tranquilidad y paz.