No hay reelección a alcaldes que tuvieron periodo de cuatro años

En sesión pública virtual, los magistrados y la magistrada resolvieron la impugnación del alcalde contra la respuesta del Organismo Público Electoral

Melissa Hernández| Diario de Xalapa

  · jueves 30 de julio de 2020

Foto: Ilustrativa | Archivo

XALAPA, Ver.- La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó que el alcalde de Chicontepec, Pedro Adrián Martínez Estrada del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) no pueda ser reelecto.

En sesión pública virtual, los magistrados y la magistrada resolvieron la impugnación del alcalde contra la respuesta del Organismo Público Electoral (OPLE) de Veracruz y del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) sobre si puede ser reelecto.

Los togados resolvieron que fue correcta la respuesta debido a que existe la imposibilidad jurídica para reelegirse por un periodo adicional

Señaló que sólo se podrá dar la elección consecutiva de presidentes municipales cuando el periodo en el ayuntamiento no sea superior a tres años.

Por lo tanto la posibilidad de reelección no aplica debido a que fue electo por cuatro años.

Aunque la reforma electoral contempla la reelección, en el segundo transitorio se refiere a que solo podrán los ediles que sean electos en el año 2021.