La diputada de Morena, Itzel López López, presentó una iniciativa de decreto para castigar hasta con 12 años de cárcel y una sanción económica de hasta 72 mil pesos para quien dañe a una persona con ácido.
Durante la sesión de la Diputación Permanente indicó que su propuesta, denominada como "Ley Malena", que busca tipificar el delito de violencia ácida, hace referencia a la saxofonista María Elena Ríos, quien fuera agredida con ácido en el estado de Oaxaca por órdenes de su expareja sentimental.
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La propuesta busca reformar y adicionar diversas disposiciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal, ambos del estado de Veracruz, a fin de definir en la legislación la denominada violencia ácida, por razón de género contra la mujer, y establecer las penas a que se harían acreedores quienes cometan este delito.
Este tipo de violencia pretende causar daño físico irreversible que lastime, altere y/o cause alguna discapacidad, mediante la acción de arrojar ácido, álcalis, sustancias químicas, corrosivas, cáusticas, irritantes, tóxicas, inflamables, líquidos a altas temperaturas o cualquier otra sustancia que pueda provocar o no lesiones en órganos internos o externos o en ambos.
Ante ello, la legisladora planteó la creación de un registro, compartido con las autoridades competentes, que incluya información y estadísticas de personas que hayan sido atendidas a causa de este tipo de lesiones. En todo momento, advierte la proponente, serían protegidos sus datos personales.
Para castigar este delito la legisladora propuso que en Código Penal del Estado se establezca de ocho a 12 años de prisión y multa de 300 a 700 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a quien cause a otra persona, por sí o por interpósita persona, daño en la integridad física o en la salud con violencia ácida.
En las agravantes, aumentaría en un tercio la pena cuando cause deformidad o daño permanente, entorpezca o debilite permanentemente una extremidad o cualquier otro órgano; incrementaría la pena hasta la mitad cuando la conducta delictiva cause deformidad en el rostro, pérdida parcial o total del oído, vista, habla o incapacidad permanente para trabajar, cause alteración o daño en el aparato genital, en las funciones de reproducción sexual o atente contra el ejercicio de la autonomía sexual.
¿Cuál es el objetivo de la iniciativa?
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La diputada morenista señaló que la iniciativa tiene por objeto definir y establecer los tipos y las modalidades de violencia contra las mujeres y las niñas, para que los gobiernos estatal y municipal realicen las acciones encaminadas a su prevención, atención, sanción y erradicación, atentos a los principios de coordinación y concurrencia gubernamental.
Destacó que Puebla fue el primer estado en legislar el tema, pero algunas entidades al como la Ciudad de México, Hidalgo, Campeche y San Luis Potosí están en análisis reformas similares.