/ lunes 28 de noviembre de 2022

En cuatro años, van 14 casos de detenciones ilegales en Veracruz: CEDH

Están relacionados con detenciones ilegales, actos de tortura, ejecuciones extrajudiciales, desaparición forzada y uso excesivo de la fuerza

La administración estatal de Cuitláhuac García Jiménez es responsable de al menos 14 casos relacionados con detenciones ilegales, actos de tortura, ejecuciones extrajudiciales, desaparición forzada y uso excesivo de la fuerza cometidos por parte de elementos de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), de acuerdo con las recomendaciones emitidas por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Veracruz (CEDH).

Entre 2018 y septiembre de 2022, la CEDH –a cargo de Namiko Matzumoto Benítez– ha dirigido 59 recomendaciones a las corporaciones policiales estatales en las cuales se ha documentado la práctica de detenciones arbitrarias, la ejecución de personas privadas de la libertad, la comisión de desaparición forzada de personas, uso desproporcionado de la fuerza y tortura.

De estas recomendaciones, 14 corresponden a hechos ocurridos en el actual gobierno estatal, mismas que acumulan 103 víctimas, según los expedientes 008/2022, 013/2022, 027/2022, 031/2022, 063/2022, 22/2020, 26/2020, 98/2020, 122/2020, 143/2020,170/2020, 11/2019, 24/2019 y 28/2019.

Durante 2018, la SSP recibió diez recomendaciones por parte de la CEDH: cinco por detenciones ilegales, tres por desaparición forzada y ejecuciones extrajudiciales, dos por uso excesivo de la fuerza.

Posteriormente, en el año 2019, la cifra de recomendaciones subió a 15, de las cuales tres fueron por detenciones arbitrarias, cuatro por los delitos de desaparición forzada y ejecución extrajudicial; cinco por uso excesivo de la fuerza y tres expedientes documentaron actos de tortura.

En el periodo 2020, la cifra de recomendaciones dirigidas a la SSP fue de 15: seis por detenciones ilegales, dos por desaparición forzada y ejecuciones extrajudiciales, una recomendación por acto de tortura perpetrada por fuerzas estatales y seis por el uso desproporcionado de la fuerza.

Durante 2021, un total de 12 recomendaciones fueron emitidas a la corporación estatal, la mayoría por detenciones ilegales, para lo cual fueron integrados cinco expedientes, con un total de 11 víctimas; en este mismo año, la CEDH emitió dos recomendaciones por desaparición forzada y ejecución extrajudicial por parte de policías estatales, con un registro de 30 víctimas.

Asimismo, en este año, se registraron cuatro recomendaciones por uso excesivo de fuerza por parte de los agentes policiales estatales, en agravio de diez víctimas. Tras documentar un acto de tortura, la CEDH determinó sumar un nueva recomendación a la secretaría estatal.

En lo que va de 2022, el órgano autónomo ha emitido siete recomendaciones por detenciones ilegales (dos expedientes), uso excesivo de la fuerza y detención arbitraria (dos casos), ejecución de personas privadas de la libertad (dos casos registrados) y un caso de desaparición forzada y ejecución extrajudicial.

Entre 2018 y septiembre de 2022, se han registrado, aproximadamente, 236 víctimas de violaciones cometidas por la SSP.

Las comisión de detención ilegales por parte de fuerzas estatales ha acreditado la emisión de 21 recomendaciones; 17, por el uso excesivo de la fuerza, 12 por desaparición forzada y ejecuciones extrajudiciales, dos por ejecuciones de personas privadas de la libertad, cinco por actos de tortura y dos más por “uso excesivo de la fuerza y detención arbitraria”.

Las detenciones ilegales

Mediante los instrumentos recomendatorios emitidos por la CEDH, ésta se ha pronunciado sobre las violaciones a los derechos humanos ocasionados por detenciones ilegales por parte las fuerzas estatales.

De acuerdo con las 21 recomendaciones por casos de detenciones ilegales, las víctimas refirieron haber sido privadas de su libertad sin causa justificada.

Tres detectives de la Policía Ministerial Acreditable quedaron detenidos y sujetos a investigación, luego del escape de un detenido / Foto: Ilustrativa | Cuartoscuro


El artículo 16 de la Constitución Política establece que nadie puede ser molestado en su persona, ni privado de su libertad, sin que exista previamente una orden previamente fundada y motivada por la autoridad competente. Las excepciones a esta regla son el delito flagrante y el caso urgente.

“En tal virtud, cualquier restricción a la libertad personal es ilegal cuando se ejecuta al margen de la ley”, señala la CEDH.

En la revisión de los casos planteados por las víctimas de detenciones ilegales, se observa que éstas ocurren bajo un contexto de revisión policial.

Al respecto, la SSP justifica que las revisiones policiales a las personas y los vehículos, obedecen a “denuncias y/o sospecha razonable objetiva”.

Asimismo explica, en un informe de transparencia, que las intervenciones realizadas por los servidores públicos en el control provisional, no es una detención, si no una restricción momentánea del tránsito, con la finalidad de solicitar información a la persona controlada.

Apunta, por ejemplo, que la persona intervenida en un control provisional preventivo, no tiene la obligación de descender de su vehículo, siempre y cuando no medie alguna denuncia y/o señalamiento directo en su contra y/o se le descubra algún objeto ilícito.

Agrega que el control provisional preventivo, obedece a las denuncias informales y/o anónimas de personas agraviadas, también por “la petición de ciudadanos conscientes”, por lo que, los servidores públicos, en este caso, no requieren de algún documento para ejercer las funciones policiales encomendadas en los artículos 21 párrafo nueve, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 132 fracciones I, III, IV, VII y XIV, 146, 251 fracciones III, IV y V del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Según cifras preliminares presentadas en el Cuarto Informe de Gobierno de Veracruz, al corte del 20 de septiembre 2022, en Veracruz fueron intervenidas 24 mil 612 personas por presuntos delitos del fuero común.Del total de personas detenidas durante este año, el 91. 8 por cierto (22 mil 607) fueron por faltas administrativas y solo 8.2 por ciento (2 mil 005 personas) fue intervenido por la probable comisión de delitos.

Por su parte, la reciente Encuesta Nacional de la Población Privada de la Libertad (ENPOL 2021), publicada por el INEGI (Instituto Nacional de Estadística y Geografía), detalla que en el estado de Veracruz, el 24. 3 por ciento de las personas privadas de su libertad (PPL) fueron detenidas sin orden de aprehensión y sustrayéndola de un lugar.

Asimismo, la encuesta reveló que en 67.5 por ciento de los casos registrados en Veracruz, la PPL señaló que los esposaron en el momento de su detención; mientras que 55.7 por ciento mencionó que la autoridad empleó fuerza física para someterle; 37.6 por ciento fue amenazada con un arma de fuego para someterlo y 36.7 por ciento recibieron golpes y lesiones.

Respecto del uso de la fuerza, durante 2021, la SSP registró 8 mil 127 casos de detenciones que involucraron el uso de la fuerza.

“De acuerdo a los niveles del uso de la fuerza utilizadas, la cual depende de los comportamientos y la resistencia que muestra el presunto infractor, en 559 se aplicó la persuasión o disuasión verbal y en 6 mil 474 casos la utilización de armas incapacitantes menos letales”, detalla el Oficio No. SSP/UDT/1681/2022.

¿Qué es una ejecución extrajudicial?

Durante el periodo 2018-septiembre 2022, la CEDH también ha dirigido 12 recomendaciones a la SSP por casos de desaparición forzada y ejecuciones extrajudiciales.

De acuerdo con la organización Idheas (Litigio Estratégico de Derechos Humanos AC), la ejecución extrajudicial consiste en la privación arbitraria de la vida a una o más personas por parte de agentes del Estado, o bien de particulares bajo su orden, complicidad o aquiescencia, sin un proceso judicial o legal que lo disponga.

Al respecto, como parte de las acciones para atender las recomendaciones, la secretaría estatal ha respondido con el inicio de una investigación administrativa, capacitación a personal adscrito y exhortó al personal para que eviten realizar acciones que conlleven a revictimizar a las personas.

Sin embargo, según informes del Poder Judicial del Estado de Veracruz (PJEV), desde 2019 a agosto de 2022, en la entidad solo se han emitido cinco sentencias condenatorias por desaparición forzada.

La administración estatal de Cuitláhuac García Jiménez es responsable de al menos 14 casos relacionados con detenciones ilegales, actos de tortura, ejecuciones extrajudiciales, desaparición forzada y uso excesivo de la fuerza cometidos por parte de elementos de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), de acuerdo con las recomendaciones emitidas por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Veracruz (CEDH).

Entre 2018 y septiembre de 2022, la CEDH –a cargo de Namiko Matzumoto Benítez– ha dirigido 59 recomendaciones a las corporaciones policiales estatales en las cuales se ha documentado la práctica de detenciones arbitrarias, la ejecución de personas privadas de la libertad, la comisión de desaparición forzada de personas, uso desproporcionado de la fuerza y tortura.

De estas recomendaciones, 14 corresponden a hechos ocurridos en el actual gobierno estatal, mismas que acumulan 103 víctimas, según los expedientes 008/2022, 013/2022, 027/2022, 031/2022, 063/2022, 22/2020, 26/2020, 98/2020, 122/2020, 143/2020,170/2020, 11/2019, 24/2019 y 28/2019.

Durante 2018, la SSP recibió diez recomendaciones por parte de la CEDH: cinco por detenciones ilegales, tres por desaparición forzada y ejecuciones extrajudiciales, dos por uso excesivo de la fuerza.

Posteriormente, en el año 2019, la cifra de recomendaciones subió a 15, de las cuales tres fueron por detenciones arbitrarias, cuatro por los delitos de desaparición forzada y ejecución extrajudicial; cinco por uso excesivo de la fuerza y tres expedientes documentaron actos de tortura.

En el periodo 2020, la cifra de recomendaciones dirigidas a la SSP fue de 15: seis por detenciones ilegales, dos por desaparición forzada y ejecuciones extrajudiciales, una recomendación por acto de tortura perpetrada por fuerzas estatales y seis por el uso desproporcionado de la fuerza.

Durante 2021, un total de 12 recomendaciones fueron emitidas a la corporación estatal, la mayoría por detenciones ilegales, para lo cual fueron integrados cinco expedientes, con un total de 11 víctimas; en este mismo año, la CEDH emitió dos recomendaciones por desaparición forzada y ejecución extrajudicial por parte de policías estatales, con un registro de 30 víctimas.

Asimismo, en este año, se registraron cuatro recomendaciones por uso excesivo de fuerza por parte de los agentes policiales estatales, en agravio de diez víctimas. Tras documentar un acto de tortura, la CEDH determinó sumar un nueva recomendación a la secretaría estatal.

En lo que va de 2022, el órgano autónomo ha emitido siete recomendaciones por detenciones ilegales (dos expedientes), uso excesivo de la fuerza y detención arbitraria (dos casos), ejecución de personas privadas de la libertad (dos casos registrados) y un caso de desaparición forzada y ejecución extrajudicial.

Entre 2018 y septiembre de 2022, se han registrado, aproximadamente, 236 víctimas de violaciones cometidas por la SSP.

Las comisión de detención ilegales por parte de fuerzas estatales ha acreditado la emisión de 21 recomendaciones; 17, por el uso excesivo de la fuerza, 12 por desaparición forzada y ejecuciones extrajudiciales, dos por ejecuciones de personas privadas de la libertad, cinco por actos de tortura y dos más por “uso excesivo de la fuerza y detención arbitraria”.

Las detenciones ilegales

Mediante los instrumentos recomendatorios emitidos por la CEDH, ésta se ha pronunciado sobre las violaciones a los derechos humanos ocasionados por detenciones ilegales por parte las fuerzas estatales.

De acuerdo con las 21 recomendaciones por casos de detenciones ilegales, las víctimas refirieron haber sido privadas de su libertad sin causa justificada.

Tres detectives de la Policía Ministerial Acreditable quedaron detenidos y sujetos a investigación, luego del escape de un detenido / Foto: Ilustrativa | Cuartoscuro


El artículo 16 de la Constitución Política establece que nadie puede ser molestado en su persona, ni privado de su libertad, sin que exista previamente una orden previamente fundada y motivada por la autoridad competente. Las excepciones a esta regla son el delito flagrante y el caso urgente.

“En tal virtud, cualquier restricción a la libertad personal es ilegal cuando se ejecuta al margen de la ley”, señala la CEDH.

En la revisión de los casos planteados por las víctimas de detenciones ilegales, se observa que éstas ocurren bajo un contexto de revisión policial.

Al respecto, la SSP justifica que las revisiones policiales a las personas y los vehículos, obedecen a “denuncias y/o sospecha razonable objetiva”.

Asimismo explica, en un informe de transparencia, que las intervenciones realizadas por los servidores públicos en el control provisional, no es una detención, si no una restricción momentánea del tránsito, con la finalidad de solicitar información a la persona controlada.

Apunta, por ejemplo, que la persona intervenida en un control provisional preventivo, no tiene la obligación de descender de su vehículo, siempre y cuando no medie alguna denuncia y/o señalamiento directo en su contra y/o se le descubra algún objeto ilícito.

Agrega que el control provisional preventivo, obedece a las denuncias informales y/o anónimas de personas agraviadas, también por “la petición de ciudadanos conscientes”, por lo que, los servidores públicos, en este caso, no requieren de algún documento para ejercer las funciones policiales encomendadas en los artículos 21 párrafo nueve, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 132 fracciones I, III, IV, VII y XIV, 146, 251 fracciones III, IV y V del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Según cifras preliminares presentadas en el Cuarto Informe de Gobierno de Veracruz, al corte del 20 de septiembre 2022, en Veracruz fueron intervenidas 24 mil 612 personas por presuntos delitos del fuero común.Del total de personas detenidas durante este año, el 91. 8 por cierto (22 mil 607) fueron por faltas administrativas y solo 8.2 por ciento (2 mil 005 personas) fue intervenido por la probable comisión de delitos.

Por su parte, la reciente Encuesta Nacional de la Población Privada de la Libertad (ENPOL 2021), publicada por el INEGI (Instituto Nacional de Estadística y Geografía), detalla que en el estado de Veracruz, el 24. 3 por ciento de las personas privadas de su libertad (PPL) fueron detenidas sin orden de aprehensión y sustrayéndola de un lugar.

Asimismo, la encuesta reveló que en 67.5 por ciento de los casos registrados en Veracruz, la PPL señaló que los esposaron en el momento de su detención; mientras que 55.7 por ciento mencionó que la autoridad empleó fuerza física para someterle; 37.6 por ciento fue amenazada con un arma de fuego para someterlo y 36.7 por ciento recibieron golpes y lesiones.

Respecto del uso de la fuerza, durante 2021, la SSP registró 8 mil 127 casos de detenciones que involucraron el uso de la fuerza.

“De acuerdo a los niveles del uso de la fuerza utilizadas, la cual depende de los comportamientos y la resistencia que muestra el presunto infractor, en 559 se aplicó la persuasión o disuasión verbal y en 6 mil 474 casos la utilización de armas incapacitantes menos letales”, detalla el Oficio No. SSP/UDT/1681/2022.

¿Qué es una ejecución extrajudicial?

Durante el periodo 2018-septiembre 2022, la CEDH también ha dirigido 12 recomendaciones a la SSP por casos de desaparición forzada y ejecuciones extrajudiciales.

De acuerdo con la organización Idheas (Litigio Estratégico de Derechos Humanos AC), la ejecución extrajudicial consiste en la privación arbitraria de la vida a una o más personas por parte de agentes del Estado, o bien de particulares bajo su orden, complicidad o aquiescencia, sin un proceso judicial o legal que lo disponga.

Al respecto, como parte de las acciones para atender las recomendaciones, la secretaría estatal ha respondido con el inicio de una investigación administrativa, capacitación a personal adscrito y exhortó al personal para que eviten realizar acciones que conlleven a revictimizar a las personas.

Sin embargo, según informes del Poder Judicial del Estado de Veracruz (PJEV), desde 2019 a agosto de 2022, en la entidad solo se han emitido cinco sentencias condenatorias por desaparición forzada.

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