/ martes 19 de mayo de 2020

Pese a la pandemia, se debe de cumplir con declaración de impuestos y reparto de utilidades: Contadores

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) concedió una ampliación del plazo de dos meses para que los contribuyentes cumplieran con dicho trámite

Veracruz, Ver.- El vicepresidente del Sector Empresas del Colegio de Contadores Públicos del Estado de Veracruz, Mauro Villalobos Villegas, señaló que a pesar de la pandemia las personas físicas deberán de presentar su declaración de impuestos antes del 30 de junio.

El especialista recordó que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) concedió una ampliación del plazo de dos meses para que los contribuyentes cumplieran con dicho trámite, pero en ningún momento detuvo sus actividades por la emergencia sanitaria.

Indicó que este procedimiento se puede realizar a distancia a través del portal de internet del SAT, en donde solo se requiere contar con una clave de acceso que el mismo organismo brinda a sus usuarios.

En ese sentido, dijo que los despachos contables continúan prestando servicios a sus clientes, para evitar que se generen contratiempos con el pago de los impuestos.

Tratándose de las personas físicas hubo una extensión del plazo, se extendió del 30 de abril al 30 de junio, sin embargo, quien así lo desee puede presentar la declaración antes, solo hubo una extensión de la fecha

Villalobos Villegas indicó que otra de las obligaciones que deben de cumplirse pese a la contingencia por covid-19 es el reparto de utilidades por parte de las empresas registradas como personas morales.

Señaló que hasta ahora no existe un anuncio para eliminar el pago de este beneficio a los trabajadores por la emergencia sanitaria, por lo que el plazo para cubrirlo sigue siendo el mes de mayo.

En ese sentido, indicó que las personas morales debieron realizar su declaración anual en el mes de marzo, lo que les obliga a cumplir con el reparto de utilidades dos meses después.

“El reparto de utilidades no ha habido ningún pronunciamiento, sigue siendo ahora en mayo para las personas morales, la ley federal establece que tiene que ser 60 días después de que se presenta la declaración de Impuestos Sobre la Renta que es en marzo para personas morales, que no hubo extensión del plazo”, finalizó el profesionista.

Veracruz, Ver.- El vicepresidente del Sector Empresas del Colegio de Contadores Públicos del Estado de Veracruz, Mauro Villalobos Villegas, señaló que a pesar de la pandemia las personas físicas deberán de presentar su declaración de impuestos antes del 30 de junio.

El especialista recordó que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) concedió una ampliación del plazo de dos meses para que los contribuyentes cumplieran con dicho trámite, pero en ningún momento detuvo sus actividades por la emergencia sanitaria.

Indicó que este procedimiento se puede realizar a distancia a través del portal de internet del SAT, en donde solo se requiere contar con una clave de acceso que el mismo organismo brinda a sus usuarios.

En ese sentido, dijo que los despachos contables continúan prestando servicios a sus clientes, para evitar que se generen contratiempos con el pago de los impuestos.

Tratándose de las personas físicas hubo una extensión del plazo, se extendió del 30 de abril al 30 de junio, sin embargo, quien así lo desee puede presentar la declaración antes, solo hubo una extensión de la fecha

Villalobos Villegas indicó que otra de las obligaciones que deben de cumplirse pese a la contingencia por covid-19 es el reparto de utilidades por parte de las empresas registradas como personas morales.

Señaló que hasta ahora no existe un anuncio para eliminar el pago de este beneficio a los trabajadores por la emergencia sanitaria, por lo que el plazo para cubrirlo sigue siendo el mes de mayo.

En ese sentido, indicó que las personas morales debieron realizar su declaración anual en el mes de marzo, lo que les obliga a cumplir con el reparto de utilidades dos meses después.

“El reparto de utilidades no ha habido ningún pronunciamiento, sigue siendo ahora en mayo para las personas morales, la ley federal establece que tiene que ser 60 días después de que se presenta la declaración de Impuestos Sobre la Renta que es en marzo para personas morales, que no hubo extensión del plazo”, finalizó el profesionista.

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