/ martes 3 de julio de 2018

Nuevo fallo de Suprema Corte favorece a Cuauhtémoc Blanco

Se determinó que el decreto por el que se expidió no fue refrendado por el Secretario del ramo

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó un acuerdo emitido por el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje que ordenó destituir al ahora virtual gobernador de Morelos, Cuauhtémoc Blanco, así como a los presidentes municipales de, Temoac y Jojutla.

En sesión de este martes, los ministros abordaron el decreto por el que se expidió la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos, en su texto original publicado el 6 de septiembre de 2000, indicando que este no fue refrendado por el Secretario del ramo, lo que se traduce en un vicio del proceso legislativo, que trajo por consecuencia la invalidez de su artículo 124, fracción II.

Recordó que el artículo 124, fracción II de ese ordenamiento faculta al Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje de Morelos (TECAM) para castigar las infracciones a esa ley que no tuvieren establecida otra sanción, así como la desobediencia a las resoluciones del propio TECAM, con la destitución del infractor.

El 6 de mayo y el 14 de septiembre de 2016, así como el 22 de marzo de 2017, se acordó la destitución de los Presidentes Municipales de Jojutla, Temoca y Cuernavaca, Morelos, respectivamente.

Inconformes con tal determinación, los municipales acudieron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a presentar controversias constitucionales, en las que impugnaron el artículo 124, fracción II de la ley aludida, así como los mencionados decretos de destitución.

Al respecto, el Pleno de la SCJN determinó que el decreto por el que se expidió, no fue refrendado por el Secretario del ramo, que en aquel momento era el Secretario de Desarrollo, sino que únicamente fue firmado por el Gobernador y el Secretario de Gobierno.

Lo anterior se traduce en un vicio del proceso legislativo, por lo que la Corte, invalidó también el acuerdo emitido por el TECAM, por el que destituyó a los Presidentes Municipales aludidos.

Por otra parte, la Corte no hizo pronunciamiento respecto de la situación fáctica de los presidentes municipales, ya que en su momento se concedieron las suspensiones en las controversias constitucionales, para el efecto de que no se ejecutarán las resoluciones impugnadas, hasta en tanto se resolviera el fondo de las controversias constitucionales.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó un acuerdo emitido por el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje que ordenó destituir al ahora virtual gobernador de Morelos, Cuauhtémoc Blanco, así como a los presidentes municipales de, Temoac y Jojutla.

En sesión de este martes, los ministros abordaron el decreto por el que se expidió la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos, en su texto original publicado el 6 de septiembre de 2000, indicando que este no fue refrendado por el Secretario del ramo, lo que se traduce en un vicio del proceso legislativo, que trajo por consecuencia la invalidez de su artículo 124, fracción II.

Recordó que el artículo 124, fracción II de ese ordenamiento faculta al Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje de Morelos (TECAM) para castigar las infracciones a esa ley que no tuvieren establecida otra sanción, así como la desobediencia a las resoluciones del propio TECAM, con la destitución del infractor.

El 6 de mayo y el 14 de septiembre de 2016, así como el 22 de marzo de 2017, se acordó la destitución de los Presidentes Municipales de Jojutla, Temoca y Cuernavaca, Morelos, respectivamente.

Inconformes con tal determinación, los municipales acudieron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a presentar controversias constitucionales, en las que impugnaron el artículo 124, fracción II de la ley aludida, así como los mencionados decretos de destitución.

Al respecto, el Pleno de la SCJN determinó que el decreto por el que se expidió, no fue refrendado por el Secretario del ramo, que en aquel momento era el Secretario de Desarrollo, sino que únicamente fue firmado por el Gobernador y el Secretario de Gobierno.

Lo anterior se traduce en un vicio del proceso legislativo, por lo que la Corte, invalidó también el acuerdo emitido por el TECAM, por el que destituyó a los Presidentes Municipales aludidos.

Por otra parte, la Corte no hizo pronunciamiento respecto de la situación fáctica de los presidentes municipales, ya que en su momento se concedieron las suspensiones en las controversias constitucionales, para el efecto de que no se ejecutarán las resoluciones impugnadas, hasta en tanto se resolviera el fondo de las controversias constitucionales.

Elecciones 2024

Diputada del PAN presenta 35 denuncias contra Rocío Nahle ante Fiscalía Anticorrupción

La diputada federal del PAN, María Elena Pérez-Jaén dio a conocer que estas denuncias corresponden a la gestión que la candidata tuvo como titular de la Secretaría de Energía

Policiaca

Hieren con arma blanca a taxista de Xalapa durante asalto; agresor escapó

El taxista fue interceptado por un delincuente que lo intentó asaltar en la colonia Vasconcelos de Xalapa, resultando con diversas lesiones

Local

Se acerca la fiesta, ¿cómo se debe celebrar el Día del Niño? Experto da recomendaciones

Durante el festejo, señala que es importante fomentar la actividad física bajo la supervisión de adultos

Local

¡Incrementan ganancias! Tonelada de piña se vende hasta en 9 mil pesos en Veracruz

El precio de la piña se ha recuperado y las básculas en donde los productores la comercializa se encuentran saturadas

Local

Ganaderos, refresqueros y mineros, los que más consumen agua de manantiales: asociación

Dice que el ciclo del agua es uno de los principales eslabones que no son atendidos debidamente

Cultura

¡Fin de semana para ellos! Te dejamos más de 10 opciones para celebrar a los infantes

Habrá promociones especiales confirmadas para celebrar en Xalapa el Día de la Niña y el Niño