/ miércoles 24 de abril de 2019

La tortura y el protocolo de Estambul (sexta parte)

Por Miguel Ángel Cruz Hernández

La tortura es un delito difícil de detectar y sancionar, pues las autoridades que lo cometen son las mismas que lo tienen que perseguir.

Es difícil generar información estadística confiable que permita dimensionar la frecuencia con la que se interroga violentamente a los detenidos. El único dato oficial es el número de denuncias y consignaciones por tortura. Sin embargo, éste no es un indicador confiable para medir el fenómeno. Los imputados que fueron torturados están en la cárcel enfrentando un proceso penal. Y si bien es cierto que presentaron denuncia por ese hecho en su contra, muchos de ellos no cuentan con recursos suficientes para una buena defensa particular, lo que genera que sean defendidos por el defensor público o también llamado de oficio, abogado que por lo regular tiene mucha carga de trabajo de casos penales, lo que dificulta una atención especial y personalizada; lo que incluso obliga a que sus defensas las realicen por medio de formatos o machotes, simplemente para cumplir con los requisitos más elementales de los procesos. Y aun suponiendo que los imputados presentaran denuncias por tortura, ¿cómo asegurar que el órgano investigador integre adecuadamente las pesquisas y no intente proteger a quienes realizaron las torturas, pues por lo regular se trata de policías preventivos o ministeriales que colaboran con él en la persecución de los supuestos delitos?

A mediados de 2015 la Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos (Limeddh) —una de las organizaciones que han dado seguimiento a casos de tortura en México— denunció un aumento exorbitante en el uso de la tortura. De acuerdo con lo expuesto por Adrián Ramírez, presidente de la Limeddh, en ese momento se registró un aumento de 700% en el uso de esta práctica; ya para el año 2018, aunque se diga lo contrario, la tortura lejos de decrecer aumentó 15 %, es decir, en este último año sumaba el 805%.

Como lo ha informado con oportunidad la Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos (Limeddh), una de las principales preocupaciones de las organizaciones sociales es la nula investigación y acceso a la justicia en los casos de tortura. Entre otras cosas, han criticado la falta de personal capacitado en las instituciones públicas para documentar la tortura. En este sentido, la impunidad en torno al fenómeno ha sido uno de los principales alicientes para que esta práctica exista y vaya en ascenso.

De acuerdo con Stephanie Brewer, del área internacional del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), en los últimos 10 años sólo han existido ochos sentencias condenatorias por el delito de tortura. Una de las exigencias de las organizaciones es que las autoridades no hagan válidas las declaraciones que hayan sido obtenidas bajo tortura, o en las que se alegue maltrato. Esta cuestión, han insistido, es uno de los elementos que alienta el fenómeno. A pesar que la tortura ha sido identificada como una “práctica enquistada en las corporaciones policiacas” para obtener confesiones, también se emplea como “castigo” en contra de luchadores sociales. Casos como el de Marco Antonio Suástegui Muñoz —líder comunitario opositor al proyecto de la presa La Parota, en Guerrero— reflejan el uso de esta práctica para inhibir la organización y la resistencia. Así, muchos casos, algunos desconocidos por la falta de denuncia, se presentan en México y convierten a la tortura en una práctica generalizada y sistemática.

A continuación se presentan algunos casos que dan cuenta de la utilización de la tortura, y la deficiencia de las autoridades para perseguir el crimen. Jorge Hernández, Mario Ricardo Almanza, Geo Rodríguez, José María Cirilo Ramos y Oswaldo Rodríguez fueron detenidos el 13 de agosto de 2002, cuando el foxismo y la “transición democrática” habían llegado, aún eran jóvenes. Los cinco fueron aprehendidos en el estado de Tlaxcala por elementos de la Procuraduría General de la República, acusados del delito de secuestro. Tras su detención, cada uno fue sometido a tortura con un sólo propósito: firmar la confesión para autoinculparse del crimen. Resultado de las sesiones de tortura a las que fueron expuestos, el quinteto fue condenado a 60 años de prisión y trasladado a un penal de máxima seguridad. Luego de cuatro años de haber recibido sentencia, la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Tlaxcala emitió una recomendación por el caso. En ella pidió a las autoridades iniciar una investigación por las denuncias de tortura hechas por las cinco personas, a pesar de la recomendación, tanto el Juzgado de Distrito que conoció del caso como para la Procuraduría General de la Republica, ninguna atendió la recomendación, pues no realizaron investigación alguna y se cerró el caso sin ordenar la investigación recomendada, cometiéndose contra estas personas una injusticia vergonzosa. En nuestra próxima colaboración hablaremos de “La tortura y el protocolo de Estambul (séptima parte)”, claro, si el gran arquitecto del universo y el director del Vocero de la Provincia, que es el gran medio de comunicación de los veracruzanos, me lo siguen permitiendo.

miguelangel_cruzh@hotmail.com


Por Miguel Ángel Cruz Hernández

La tortura es un delito difícil de detectar y sancionar, pues las autoridades que lo cometen son las mismas que lo tienen que perseguir.

Es difícil generar información estadística confiable que permita dimensionar la frecuencia con la que se interroga violentamente a los detenidos. El único dato oficial es el número de denuncias y consignaciones por tortura. Sin embargo, éste no es un indicador confiable para medir el fenómeno. Los imputados que fueron torturados están en la cárcel enfrentando un proceso penal. Y si bien es cierto que presentaron denuncia por ese hecho en su contra, muchos de ellos no cuentan con recursos suficientes para una buena defensa particular, lo que genera que sean defendidos por el defensor público o también llamado de oficio, abogado que por lo regular tiene mucha carga de trabajo de casos penales, lo que dificulta una atención especial y personalizada; lo que incluso obliga a que sus defensas las realicen por medio de formatos o machotes, simplemente para cumplir con los requisitos más elementales de los procesos. Y aun suponiendo que los imputados presentaran denuncias por tortura, ¿cómo asegurar que el órgano investigador integre adecuadamente las pesquisas y no intente proteger a quienes realizaron las torturas, pues por lo regular se trata de policías preventivos o ministeriales que colaboran con él en la persecución de los supuestos delitos?

A mediados de 2015 la Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos (Limeddh) —una de las organizaciones que han dado seguimiento a casos de tortura en México— denunció un aumento exorbitante en el uso de la tortura. De acuerdo con lo expuesto por Adrián Ramírez, presidente de la Limeddh, en ese momento se registró un aumento de 700% en el uso de esta práctica; ya para el año 2018, aunque se diga lo contrario, la tortura lejos de decrecer aumentó 15 %, es decir, en este último año sumaba el 805%.

Como lo ha informado con oportunidad la Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos (Limeddh), una de las principales preocupaciones de las organizaciones sociales es la nula investigación y acceso a la justicia en los casos de tortura. Entre otras cosas, han criticado la falta de personal capacitado en las instituciones públicas para documentar la tortura. En este sentido, la impunidad en torno al fenómeno ha sido uno de los principales alicientes para que esta práctica exista y vaya en ascenso.

De acuerdo con Stephanie Brewer, del área internacional del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), en los últimos 10 años sólo han existido ochos sentencias condenatorias por el delito de tortura. Una de las exigencias de las organizaciones es que las autoridades no hagan válidas las declaraciones que hayan sido obtenidas bajo tortura, o en las que se alegue maltrato. Esta cuestión, han insistido, es uno de los elementos que alienta el fenómeno. A pesar que la tortura ha sido identificada como una “práctica enquistada en las corporaciones policiacas” para obtener confesiones, también se emplea como “castigo” en contra de luchadores sociales. Casos como el de Marco Antonio Suástegui Muñoz —líder comunitario opositor al proyecto de la presa La Parota, en Guerrero— reflejan el uso de esta práctica para inhibir la organización y la resistencia. Así, muchos casos, algunos desconocidos por la falta de denuncia, se presentan en México y convierten a la tortura en una práctica generalizada y sistemática.

A continuación se presentan algunos casos que dan cuenta de la utilización de la tortura, y la deficiencia de las autoridades para perseguir el crimen. Jorge Hernández, Mario Ricardo Almanza, Geo Rodríguez, José María Cirilo Ramos y Oswaldo Rodríguez fueron detenidos el 13 de agosto de 2002, cuando el foxismo y la “transición democrática” habían llegado, aún eran jóvenes. Los cinco fueron aprehendidos en el estado de Tlaxcala por elementos de la Procuraduría General de la República, acusados del delito de secuestro. Tras su detención, cada uno fue sometido a tortura con un sólo propósito: firmar la confesión para autoinculparse del crimen. Resultado de las sesiones de tortura a las que fueron expuestos, el quinteto fue condenado a 60 años de prisión y trasladado a un penal de máxima seguridad. Luego de cuatro años de haber recibido sentencia, la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Tlaxcala emitió una recomendación por el caso. En ella pidió a las autoridades iniciar una investigación por las denuncias de tortura hechas por las cinco personas, a pesar de la recomendación, tanto el Juzgado de Distrito que conoció del caso como para la Procuraduría General de la Republica, ninguna atendió la recomendación, pues no realizaron investigación alguna y se cerró el caso sin ordenar la investigación recomendada, cometiéndose contra estas personas una injusticia vergonzosa. En nuestra próxima colaboración hablaremos de “La tortura y el protocolo de Estambul (séptima parte)”, claro, si el gran arquitecto del universo y el director del Vocero de la Provincia, que es el gran medio de comunicación de los veracruzanos, me lo siguen permitiendo.

miguelangel_cruzh@hotmail.com


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