/ viernes 13 de agosto de 2021

Lineamiento para la atención del aborto

El pasado 20 de julio el Congreso de Veracruz aprobó la despenalización del aborto, con 25 votos a favor, 13 en contra y una abstención; ya suman cuatro entidades: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz. Todas las mujeres tienen derecho a abortar hasta la semana 12 de gestación y la Secretaría de Salud tiene la obligación de proveer lo necesario para practicar el aborto para que toda niña, adolecente y mujer que desea abortar de manera voluntaria.

Cabe mencionar que las niñas, adolescentes y mujeres que han sufrido una violación sexual podrían abortar si así lo desean; esto existe desde hace varias décadas.

Existe un documento llamado “Lineamiento técnico para la atención del aborto seguro en México”. El objetivo del mismo establece los criterios básicos de atención en las unidades de salud pública para que las mujeres y personas con capacidad de gestar, incluyendo niñas y adolescentes que requieran servicios de aborto seguro dentro del territorio nacional, tengan acceso a una atención oportuna, resolutiva e integral, basada en la mejor evidencia científica disponible y con perspectiva de género y de derechos humanos.

Fue elaborado por el centro nacional de equidad de género y salud reproductiva y la dirección de violencia familiar, donde hace algunas semanas el doctor Hugo López-Gatell Ramírez, subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, dio a conocer ¿qué significa aborto seguro? La OMS lo define cuando se atienda con los métodos recomendados por la propia organización, por personal capacitado y que son apropiados para la edad gestacional, incluyendo el abordaje del aborto espontáneo (incompleto, diferido y sus complicaciones) e inducido (en embarazos viables y no viables), y comprenden el uso de tecnologías como medicamentos y aspiración endouterina, la competencia técnica de equipos multidisciplinarios, el manejo del dolor durante el procedimiento y la anticoncepción postaborto. De acuerdo con las recomendaciones de la OMS, la atención integral del aborto seguro es un servicio esencial que puede llevarse a cabo de manera ambulatoria en el primer trimestre, previa valoración clínica.

Existen ELE e IVE. ILE es la Interrupción Legal del Embarazo; es aquella interrupción del embarazo que se realiza a simple demanda de la mujer en el periodo comprendido entre el momento de la implantación y las 12 semanas completas de gestación.

IVE es la Interrupción Voluntaria del Embarazo; es un derecho de las víctimas de violación sexual de acuerdo a la Ley General de Víctimas y la NOM-046- 2005-SSA. La atención debe ser de manera inmediata sin condicionar su prestación.

Dentro de este lineamiento existen principios para un aborto seguro, no estigmatizar a ninguna mujer. En todo momento el personal deberá conducirse con una actitud y comportamiento empáticos que no juzgue, estigmatice o invalide las emociones que expresan las usuarias y mantener un constante reconocimiento de las diferencias que pueden existir entre las creencias, valores e ideologías respecto al aborto para actuar con apego a los derechos humanos. Se debe poner especial atención en las solicitudes de menores de edad y personas con discapacidad, para determinar el tipo de acompañamiento e información que se otorgue. Las niñas, adolescentes y mujeres que requieran el aborto deben de existir por parte de las autoridades confidencialidad y privacidad. Las unidades de atención médica donde se brinden los servicios de aborto seguro deberán garantizar espacios que cuenten con condiciones de privacidad para el intercambio de información como parte de la consejería, la realización del procedimiento y recuperación. Los proveedores tienen el deber de proteger la información de las usuarias y no divulgar datos sensibles e información sin autorización, toda vez que dicha información se da en el marco del secreto profesional. Debe asegurarse que si dicha información requiere compartirse, se haga previo consentimiento de la usuaria, asegurándose que se otorgó el permiso sobre una comunicación clara.

Siempre se debe anteponer la seguridad de la usuaria sobre cualquier otro aspecto. La provisión del cuidado del aborto sin riesgos requiere de instalaciones adecuadas y proveedores capacitados. Los servicios deben contar con el espacio adecuado, los insumos y el equipamiento requerido, así como profesionales en la materia.

lexfemme.12@hotmail.com

El pasado 20 de julio el Congreso de Veracruz aprobó la despenalización del aborto, con 25 votos a favor, 13 en contra y una abstención; ya suman cuatro entidades: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz. Todas las mujeres tienen derecho a abortar hasta la semana 12 de gestación y la Secretaría de Salud tiene la obligación de proveer lo necesario para practicar el aborto para que toda niña, adolecente y mujer que desea abortar de manera voluntaria.

Cabe mencionar que las niñas, adolescentes y mujeres que han sufrido una violación sexual podrían abortar si así lo desean; esto existe desde hace varias décadas.

Existe un documento llamado “Lineamiento técnico para la atención del aborto seguro en México”. El objetivo del mismo establece los criterios básicos de atención en las unidades de salud pública para que las mujeres y personas con capacidad de gestar, incluyendo niñas y adolescentes que requieran servicios de aborto seguro dentro del territorio nacional, tengan acceso a una atención oportuna, resolutiva e integral, basada en la mejor evidencia científica disponible y con perspectiva de género y de derechos humanos.

Fue elaborado por el centro nacional de equidad de género y salud reproductiva y la dirección de violencia familiar, donde hace algunas semanas el doctor Hugo López-Gatell Ramírez, subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, dio a conocer ¿qué significa aborto seguro? La OMS lo define cuando se atienda con los métodos recomendados por la propia organización, por personal capacitado y que son apropiados para la edad gestacional, incluyendo el abordaje del aborto espontáneo (incompleto, diferido y sus complicaciones) e inducido (en embarazos viables y no viables), y comprenden el uso de tecnologías como medicamentos y aspiración endouterina, la competencia técnica de equipos multidisciplinarios, el manejo del dolor durante el procedimiento y la anticoncepción postaborto. De acuerdo con las recomendaciones de la OMS, la atención integral del aborto seguro es un servicio esencial que puede llevarse a cabo de manera ambulatoria en el primer trimestre, previa valoración clínica.

Existen ELE e IVE. ILE es la Interrupción Legal del Embarazo; es aquella interrupción del embarazo que se realiza a simple demanda de la mujer en el periodo comprendido entre el momento de la implantación y las 12 semanas completas de gestación.

IVE es la Interrupción Voluntaria del Embarazo; es un derecho de las víctimas de violación sexual de acuerdo a la Ley General de Víctimas y la NOM-046- 2005-SSA. La atención debe ser de manera inmediata sin condicionar su prestación.

Dentro de este lineamiento existen principios para un aborto seguro, no estigmatizar a ninguna mujer. En todo momento el personal deberá conducirse con una actitud y comportamiento empáticos que no juzgue, estigmatice o invalide las emociones que expresan las usuarias y mantener un constante reconocimiento de las diferencias que pueden existir entre las creencias, valores e ideologías respecto al aborto para actuar con apego a los derechos humanos. Se debe poner especial atención en las solicitudes de menores de edad y personas con discapacidad, para determinar el tipo de acompañamiento e información que se otorgue. Las niñas, adolescentes y mujeres que requieran el aborto deben de existir por parte de las autoridades confidencialidad y privacidad. Las unidades de atención médica donde se brinden los servicios de aborto seguro deberán garantizar espacios que cuenten con condiciones de privacidad para el intercambio de información como parte de la consejería, la realización del procedimiento y recuperación. Los proveedores tienen el deber de proteger la información de las usuarias y no divulgar datos sensibles e información sin autorización, toda vez que dicha información se da en el marco del secreto profesional. Debe asegurarse que si dicha información requiere compartirse, se haga previo consentimiento de la usuaria, asegurándose que se otorgó el permiso sobre una comunicación clara.

Siempre se debe anteponer la seguridad de la usuaria sobre cualquier otro aspecto. La provisión del cuidado del aborto sin riesgos requiere de instalaciones adecuadas y proveedores capacitados. Los servicios deben contar con el espacio adecuado, los insumos y el equipamiento requerido, así como profesionales en la materia.

lexfemme.12@hotmail.com