/ sábado 6 de enero de 2024

¿Qué es la cadena de custodia?

Has escuchado en algún proceso legal. Es que había pruebas, pero no las valieron o había suficientes pruebas como el arma blanca o arma de fuego, tenía las huellas, señalamientos, periciales, testigos etc. finalmente no las aceptaron o no sirvieron. Quiero informarte que todo tiene un procedimiento, un proceso que debe de cuidarse y llevarse a cabo como lo ordenan las leyes, protocolos y guía nacional de cadena de custodia.

En la investigación de delitos deben de cuidarse los indicios de prueba y las pruebas que no deben de tener una alteración, mismos que exigen la cadena de custodia. En la investigación de delitos, la cadena de custodia es la documentación cronológica de la secuencia da ubicación, fijación, recolección, embalaje y traslado de una evidencia en la escena del siniestro, hasta la presentación al debate.

La cadena de custodia sirve para garantizar que el procedimiento empleado ha sido exitoso, y que la evidencia que se recolectó en la escena es la misma que se está presentando ante el juez o el analizado en el respectivo dictamen pericial.

la Procuraduría General de la República emitió el 23 de abril del 2012 el Acuerdo A/078/12 por el que se establecen las directrices que deberán observar los servidores públicos para la debida preservación y procesamiento del lugar de los hechos o del hallazgo y de los indicios, huellas o vestigios del hecho delictuoso, así como de los instrumentos, objetos o productos del delito.

Ejemplo: Cuando hay un hecho criminal un homicidio, feminicidio, violación sexual etc. debe de cuidarse desde un inicio, las evidencias, los indicios de prueba, el acordonamiento del lugar de los hechos, las huellas, en los objetos, arma, como recopilan las evidencias y de que manera, así mismo deben de llevar un procedimiento que lo exige la cadena de custodia, si alguno de estas evidencias, indicios y pruebas no se llevan acabo con la cadena de custodia se rompe, no son válidas las pruebas.

La cadena de custodia debe de llevar de acuerdo a la “Guía Nacional de Cadena de Custodia: Acordonamiento, bodega de indicios, croquis general y a detalle, documentación escrita, fotográfica, videográfica, elemento material probatorio, embalaje, empaque, equipamiento, equipo de protección personal, etiqueta, etiquetado, identificación, indicio, lugar de intervención, lugar conexo, observación, orientación, preservación del lugar, preservación del indicio, primer respondiente, priorización de indicios, recolección, registro de cadena de custodia, ruta única de entrada y salida, sellado, simbología, traslado.

Principales Roles de autoridades y peritos: coordinador de la policía con capacidades para procesar, coordinador del grupo de peritos, depositarios, elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional y de la Secretaría de Marina, Ministerio Público, perito, personal especializado, personal facultado para el traslado, policía, policía con capacidades para procesar, policía de investigación, primer respondiente, responsable de la recepción de indicios o elementos materiales probatorios en la bodega de indicios.

La cadena de custodia de llevarse de manera profesional y como la Guía Nacional lo indica de lo contrario las pruebas no serán válidas.

Correo. lexfemme.12@hotmail.com

Has escuchado en algún proceso legal. Es que había pruebas, pero no las valieron o había suficientes pruebas como el arma blanca o arma de fuego, tenía las huellas, señalamientos, periciales, testigos etc. finalmente no las aceptaron o no sirvieron. Quiero informarte que todo tiene un procedimiento, un proceso que debe de cuidarse y llevarse a cabo como lo ordenan las leyes, protocolos y guía nacional de cadena de custodia.

En la investigación de delitos deben de cuidarse los indicios de prueba y las pruebas que no deben de tener una alteración, mismos que exigen la cadena de custodia. En la investigación de delitos, la cadena de custodia es la documentación cronológica de la secuencia da ubicación, fijación, recolección, embalaje y traslado de una evidencia en la escena del siniestro, hasta la presentación al debate.

La cadena de custodia sirve para garantizar que el procedimiento empleado ha sido exitoso, y que la evidencia que se recolectó en la escena es la misma que se está presentando ante el juez o el analizado en el respectivo dictamen pericial.

la Procuraduría General de la República emitió el 23 de abril del 2012 el Acuerdo A/078/12 por el que se establecen las directrices que deberán observar los servidores públicos para la debida preservación y procesamiento del lugar de los hechos o del hallazgo y de los indicios, huellas o vestigios del hecho delictuoso, así como de los instrumentos, objetos o productos del delito.

Ejemplo: Cuando hay un hecho criminal un homicidio, feminicidio, violación sexual etc. debe de cuidarse desde un inicio, las evidencias, los indicios de prueba, el acordonamiento del lugar de los hechos, las huellas, en los objetos, arma, como recopilan las evidencias y de que manera, así mismo deben de llevar un procedimiento que lo exige la cadena de custodia, si alguno de estas evidencias, indicios y pruebas no se llevan acabo con la cadena de custodia se rompe, no son válidas las pruebas.

La cadena de custodia debe de llevar de acuerdo a la “Guía Nacional de Cadena de Custodia: Acordonamiento, bodega de indicios, croquis general y a detalle, documentación escrita, fotográfica, videográfica, elemento material probatorio, embalaje, empaque, equipamiento, equipo de protección personal, etiqueta, etiquetado, identificación, indicio, lugar de intervención, lugar conexo, observación, orientación, preservación del lugar, preservación del indicio, primer respondiente, priorización de indicios, recolección, registro de cadena de custodia, ruta única de entrada y salida, sellado, simbología, traslado.

Principales Roles de autoridades y peritos: coordinador de la policía con capacidades para procesar, coordinador del grupo de peritos, depositarios, elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional y de la Secretaría de Marina, Ministerio Público, perito, personal especializado, personal facultado para el traslado, policía, policía con capacidades para procesar, policía de investigación, primer respondiente, responsable de la recepción de indicios o elementos materiales probatorios en la bodega de indicios.

La cadena de custodia de llevarse de manera profesional y como la Guía Nacional lo indica de lo contrario las pruebas no serán válidas.

Correo. lexfemme.12@hotmail.com