/ martes 29 de marzo de 2022

CNDH emite recomendación en el caso de José Manuel “N”, reconoce su calidad de víctima

Reconoce también la violación al interés superior de la niñez de una menor de edad que viajaba con José Manuel “N” al momento de su detención

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), emitió una recomendación dirigida a la titular de la Fiscalía General del Estado, Verónica Hernández Giadáns, por la violación a los derechos humanos de seguridad jurídica, la libertad, y el acceso a la justicia en contra de José Manuel “N”, secretario Técnico del Senado de la República, quien se encuentra preso en el penal de Pacho Viejo, Veracruz.

La recomendación 59 /2022, reconoce también la violación al interés superior de la niñez de una menor de edad que viajaba con José Manuel “N” al momento de su detención y quien “vivió como un hecho traumático, al ver como hombres armados se llevaban a su padre”.

La Comisión documentó que la detención, ocurrida el 22 de diciembre del 2021, se llevó a cabo de manera arbitraria debido a que los elementos de la FGE, no se apegaron a los lineamientos constitucionales y convencionales para la privación de la libertad de cualquier persona. Detalla que, aunque su detención se ejecutó con orden de aprehensión, se “vulneraron sus derechos fundamentales a la seguridad jurídica, a la legalidad y a la libertad personal”.

La recomendación emitida por el organismo que encabeza María del Rosario Piedra Ibarra, establece que hay evidencias suficientes para determinar que en el caso hubo una flagrante imputación indebida de hechos, violación al derecho humano de acceso a la justicia en su modalidad de procuración de justicia y a la debida diligencia.

En consecuencia, la actuación de AR4 vulneró el derecho de acceso a la justicia en su modalidad de procuración de justicia, al realizar una deficiente valoración de pruebas, desestimando la verdad de los hechos y pretendiendo crear una variante paralela de la realidad abusando de sus facultades y del ejercicio del poder”.

Ante esto, la CNDH recomendó a la FGEV y a su titular Verónica Hernández Giadáns, que proceda a la reparación del daño de José Manuel “N” y de su hija con “una compensación justa y suficiente” y que tanto ellos como quienes presenciaron su detención sean inscritos en el Registro Estatal de Víctimas, conforme a la Ley de Víctimas para el Estado de Veracruz.

Te puede interesar: Caso de José Manuel "N", debe resolverse con apego a la ley: AMLO

Además, se pidió que en coordinación con la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención Integral a Víctimas de Veracruz, se otorgue la atención médica y psicológica que requieran las víctimas, “la cual deberá brindarse por personal profesional especializado, atendiendo a sus edades y necesidades específicas, y proveerles de los medicamentos convenientes a su situación”.

La FGE tiene quince días hábiles, a partir de la notificación, para responder sobre la aceptación de la recomendación 59/2022, ya que de no hacerlo así, concluido el plazo, dará lugar a que se interprete que no fue aceptada. Así mismo, deberá presentar las pruebas correspondientes al cumplimiento de la recomendación dentro de un término de quince días hábiles siguientes a la fecha en que haya concluido el plazo para informar sobre su aceptación.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), emitió una recomendación dirigida a la titular de la Fiscalía General del Estado, Verónica Hernández Giadáns, por la violación a los derechos humanos de seguridad jurídica, la libertad, y el acceso a la justicia en contra de José Manuel “N”, secretario Técnico del Senado de la República, quien se encuentra preso en el penal de Pacho Viejo, Veracruz.

La recomendación 59 /2022, reconoce también la violación al interés superior de la niñez de una menor de edad que viajaba con José Manuel “N” al momento de su detención y quien “vivió como un hecho traumático, al ver como hombres armados se llevaban a su padre”.

La Comisión documentó que la detención, ocurrida el 22 de diciembre del 2021, se llevó a cabo de manera arbitraria debido a que los elementos de la FGE, no se apegaron a los lineamientos constitucionales y convencionales para la privación de la libertad de cualquier persona. Detalla que, aunque su detención se ejecutó con orden de aprehensión, se “vulneraron sus derechos fundamentales a la seguridad jurídica, a la legalidad y a la libertad personal”.

La recomendación emitida por el organismo que encabeza María del Rosario Piedra Ibarra, establece que hay evidencias suficientes para determinar que en el caso hubo una flagrante imputación indebida de hechos, violación al derecho humano de acceso a la justicia en su modalidad de procuración de justicia y a la debida diligencia.

En consecuencia, la actuación de AR4 vulneró el derecho de acceso a la justicia en su modalidad de procuración de justicia, al realizar una deficiente valoración de pruebas, desestimando la verdad de los hechos y pretendiendo crear una variante paralela de la realidad abusando de sus facultades y del ejercicio del poder”.

Ante esto, la CNDH recomendó a la FGEV y a su titular Verónica Hernández Giadáns, que proceda a la reparación del daño de José Manuel “N” y de su hija con “una compensación justa y suficiente” y que tanto ellos como quienes presenciaron su detención sean inscritos en el Registro Estatal de Víctimas, conforme a la Ley de Víctimas para el Estado de Veracruz.

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Además, se pidió que en coordinación con la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención Integral a Víctimas de Veracruz, se otorgue la atención médica y psicológica que requieran las víctimas, “la cual deberá brindarse por personal profesional especializado, atendiendo a sus edades y necesidades específicas, y proveerles de los medicamentos convenientes a su situación”.

La FGE tiene quince días hábiles, a partir de la notificación, para responder sobre la aceptación de la recomendación 59/2022, ya que de no hacerlo así, concluido el plazo, dará lugar a que se interprete que no fue aceptada. Así mismo, deberá presentar las pruebas correspondientes al cumplimiento de la recomendación dentro de un término de quince días hábiles siguientes a la fecha en que haya concluido el plazo para informar sobre su aceptación.

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