/ miércoles 1 de febrero de 2023

Modificación de SCJN no afecta que Rocío Nahle busque gubernatura; la explicación

Únicamente se buscó omitir la frase “con hijos veracruzanos o" en la reforma

Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucional la fracción tercera del artículo 11 de la Constitución Política de Veracruz, que permitía a padres de hijos nacidos en Veracruz competir por la gubernatura, esta modificación fue parte de la denominada "Ley Nahle"

En sesión los ministros discutieron si se derogaba la totalidad de la fracción o sólo la leyenda “o con hijos veracruzanos” que se modificó en el Congreso de Veracruz con la idea de presuntamente beneficiar a la actual Secretaria de Energía, Rocío Nahle García.

Te puede interesar: SCJN y denominada Ley Nahle: ¿qué opinan partidos sobre reforma?

Sin embargo, la postura de la mayoría fue únicamente omitir la frase “con hijos veracruzanos o”, establecida en la constitución local. Ante ello, se dejó el resto de la normatividad en la que se establece que una persona con cinco años de residencia en la entidad podría ser considerada nativa de Veracruz. Con tal hecho, la funcionaria zacatecana podría contener en las elecciones del 2024.

Al leer el resolutivo de la sentencia, el secretario de estudio y cuenta validó la acción de inconstitucionalidad; "se declara la invalidez de la fracción tercera en la porción normativa que indica con hijos veracruzanos". En ese caso, se explicó que cobrará vigencia en el momento que se notifique al Congreso de Veracruz.

La discusión de la denominada "Ley Nahle" se debió a la controversia hecha por diputados locales del PAN, PRI y PRD, quienes argumentaron que la reforma fue aprobada para favorecer a la Secretaria de Energía, Rocío Nahle García, quien aspira a contender por la gubernatura de Veracruz en 2024 como candidata de Morena.

El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena fue el responsable del proyecto de discusión de la Ley Nahle que magistrados de la Suprema Corte discutieron este martes 31 de enero. El togado propuso al pleno que se declaren infundadas las acciones de inconstitucionalidad promovidas por los dirigentes nacionales del PRI, PAN y PRD.

La resolución se generó como resultado del análisis de las impugnaciones formuladas por los partidos políticos PAN, PRI y PRD en contra del Decreto 240, publicado el 11 de agosto de 2022, mediante el cual se adicionó la fracción III al artículo 11 de la Constitución Política del Estado de Veracruz, donde se establecía: “Con hijos veracruzanos o”, relativa a un supuesto para ser considerada como persona nativa de la entidad.

A través de dicha fracción se adicionaron nuevos supuestos para ser considerado como veracruzano, consientes en ser mexicano nacido fuera del territorio del Estado, con hijos veracruzanos o con una residencia efectiva de cinco años en territorio veracruzano.

El pleno invalidó la porción normativa mencionada al considerar que los legisladores locales introdujeron un supuesto adicional para ser considerado como nativo de la entidad y que hubiera podido incidir en los requisitos que es necesario cumplir para a la gubernatura.

Vuelve a leer: SCJN declara inconstitucional fracción de la denominada "Ley Nahle"

Esto, según señalaron los ministros, resultaba violatorio de lo dispuesto en el artículo 116, fracción I, último párrafo de la Constitución federal, mismo que prevé que solo podrá ser gobernador constitucional de un Estado un ciudadano mexicano por nacimiento y nativo de él, o con residencia efectiva no menor a cinco años inmediatamente anteriores al día de los comicios, tener 30 años cumplidos el día de la elección, o menos, si así lo establece la Constitución Política de la entidad federativa.

“La decisión de invalidez del Tribunal Constitucional se limita a la porción normativa ‘con hijos veracruzanos o’, por lo que el supuesto deberá leerse de la siguiente manera: Artículo 11. Son veracruzanos: III Las o los mexicanos nacidos fuera del territorio del estado, con una residencia efectiva de cinco años en territorio veracruzano”.

¿Cuando se votó la llamada Ley Nahle?


Con el voto de la oposición en contra, el 2 de agosto del 2022 el pleno del Congreso local aprobó la iniciativa de decreto con la que se adicionó una fracción a la Constitución local para reconocer a las personas no nacidas en el estado como veracruzanas.

La denominada “Ley Nahle” fue aprobada por la bancada de Morena, apoyada por el diputado del PT, Ramón Díaz Ávila; las legisladoras del PVEM, Tania María Cruz Mejía y Citlali Medellín Careaga; y los panistas Hugo González Saavedra, Othón Hernández Candanedo y Nora Jessica Lagunes Jáuregui.

En contra de la propuesta emanada de la bancada de Morena votaron los representantes del PRI, Arianna Guadalupe Ángeles Aguirre, Marlon Ramírez Marín y Anilú Ingram Vallines; las legisladoras de Movimiento Ciudadano, Ruth Callejas Roldán y Maribel Ramírez Topete; así como los legisladores del PAN Enrique Cambranis Torres, Jaime Enrique de la Garza Martínez, Miguel David Hermida Copado, Verónica Pulido Herrera, Bingen Rementería Molina e Itzel Yescas Valdivia.

Fue el 28 de julio que la diputada de Morena, Magaly Armenta Oliveros presentó al Pleno la Iniciativa para adicionar la fracción III al Artículo 11 de la Constitución Política del Estado de Veracruz para establecer que “son veracruzanos las o los mexicanos nacidos fuera del territorio del estado, con hijos veracruzanos o con una residencia efectiva de cinco años en territorio veracruzano”.

Vuelve a leer: En 2022 se registraron 106 agresiones a periodistas veracruzanos: CEAPP

En su exposición de motivos explicó que hay legislaciones de entidades como Chiapas, Colima, Guerrero, Hidalgo, Morelos, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tlaxcala, Yucatán, Zacatecas, Durango, Campeche y Baja California Sur han reconocido la posibilidad de que mexicanas o mexicanos no nacidos en sus respectivos territorios adquieran la ciudadanía por residencia.

Anteriormente, en el artículo 11 se establecía que son veracruzanos: I. Los nacidos en el territorio del estado; y II. Los hijos de padre o madre nativos del estado, nacidos en el territorio nacional o en el extranjero. Por ello, la legisladora pidió adicionar el párrafo que establece que es veracruzano: Las o los mexicanos nacidos fuera del territorio del estado, con hijos veracruzanos o con una residencia efectiva de cinco años en territorio veracruzano”.

Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucional la fracción tercera del artículo 11 de la Constitución Política de Veracruz, que permitía a padres de hijos nacidos en Veracruz competir por la gubernatura, esta modificación fue parte de la denominada "Ley Nahle"

En sesión los ministros discutieron si se derogaba la totalidad de la fracción o sólo la leyenda “o con hijos veracruzanos” que se modificó en el Congreso de Veracruz con la idea de presuntamente beneficiar a la actual Secretaria de Energía, Rocío Nahle García.

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Sin embargo, la postura de la mayoría fue únicamente omitir la frase “con hijos veracruzanos o”, establecida en la constitución local. Ante ello, se dejó el resto de la normatividad en la que se establece que una persona con cinco años de residencia en la entidad podría ser considerada nativa de Veracruz. Con tal hecho, la funcionaria zacatecana podría contener en las elecciones del 2024.

Al leer el resolutivo de la sentencia, el secretario de estudio y cuenta validó la acción de inconstitucionalidad; "se declara la invalidez de la fracción tercera en la porción normativa que indica con hijos veracruzanos". En ese caso, se explicó que cobrará vigencia en el momento que se notifique al Congreso de Veracruz.

La discusión de la denominada "Ley Nahle" se debió a la controversia hecha por diputados locales del PAN, PRI y PRD, quienes argumentaron que la reforma fue aprobada para favorecer a la Secretaria de Energía, Rocío Nahle García, quien aspira a contender por la gubernatura de Veracruz en 2024 como candidata de Morena.

El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena fue el responsable del proyecto de discusión de la Ley Nahle que magistrados de la Suprema Corte discutieron este martes 31 de enero. El togado propuso al pleno que se declaren infundadas las acciones de inconstitucionalidad promovidas por los dirigentes nacionales del PRI, PAN y PRD.

La resolución se generó como resultado del análisis de las impugnaciones formuladas por los partidos políticos PAN, PRI y PRD en contra del Decreto 240, publicado el 11 de agosto de 2022, mediante el cual se adicionó la fracción III al artículo 11 de la Constitución Política del Estado de Veracruz, donde se establecía: “Con hijos veracruzanos o”, relativa a un supuesto para ser considerada como persona nativa de la entidad.

A través de dicha fracción se adicionaron nuevos supuestos para ser considerado como veracruzano, consientes en ser mexicano nacido fuera del territorio del Estado, con hijos veracruzanos o con una residencia efectiva de cinco años en territorio veracruzano.

El pleno invalidó la porción normativa mencionada al considerar que los legisladores locales introdujeron un supuesto adicional para ser considerado como nativo de la entidad y que hubiera podido incidir en los requisitos que es necesario cumplir para a la gubernatura.

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Esto, según señalaron los ministros, resultaba violatorio de lo dispuesto en el artículo 116, fracción I, último párrafo de la Constitución federal, mismo que prevé que solo podrá ser gobernador constitucional de un Estado un ciudadano mexicano por nacimiento y nativo de él, o con residencia efectiva no menor a cinco años inmediatamente anteriores al día de los comicios, tener 30 años cumplidos el día de la elección, o menos, si así lo establece la Constitución Política de la entidad federativa.

“La decisión de invalidez del Tribunal Constitucional se limita a la porción normativa ‘con hijos veracruzanos o’, por lo que el supuesto deberá leerse de la siguiente manera: Artículo 11. Son veracruzanos: III Las o los mexicanos nacidos fuera del territorio del estado, con una residencia efectiva de cinco años en territorio veracruzano”.

¿Cuando se votó la llamada Ley Nahle?


Con el voto de la oposición en contra, el 2 de agosto del 2022 el pleno del Congreso local aprobó la iniciativa de decreto con la que se adicionó una fracción a la Constitución local para reconocer a las personas no nacidas en el estado como veracruzanas.

La denominada “Ley Nahle” fue aprobada por la bancada de Morena, apoyada por el diputado del PT, Ramón Díaz Ávila; las legisladoras del PVEM, Tania María Cruz Mejía y Citlali Medellín Careaga; y los panistas Hugo González Saavedra, Othón Hernández Candanedo y Nora Jessica Lagunes Jáuregui.

En contra de la propuesta emanada de la bancada de Morena votaron los representantes del PRI, Arianna Guadalupe Ángeles Aguirre, Marlon Ramírez Marín y Anilú Ingram Vallines; las legisladoras de Movimiento Ciudadano, Ruth Callejas Roldán y Maribel Ramírez Topete; así como los legisladores del PAN Enrique Cambranis Torres, Jaime Enrique de la Garza Martínez, Miguel David Hermida Copado, Verónica Pulido Herrera, Bingen Rementería Molina e Itzel Yescas Valdivia.

Fue el 28 de julio que la diputada de Morena, Magaly Armenta Oliveros presentó al Pleno la Iniciativa para adicionar la fracción III al Artículo 11 de la Constitución Política del Estado de Veracruz para establecer que “son veracruzanos las o los mexicanos nacidos fuera del territorio del estado, con hijos veracruzanos o con una residencia efectiva de cinco años en territorio veracruzano”.

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En su exposición de motivos explicó que hay legislaciones de entidades como Chiapas, Colima, Guerrero, Hidalgo, Morelos, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tlaxcala, Yucatán, Zacatecas, Durango, Campeche y Baja California Sur han reconocido la posibilidad de que mexicanas o mexicanos no nacidos en sus respectivos territorios adquieran la ciudadanía por residencia.

Anteriormente, en el artículo 11 se establecía que son veracruzanos: I. Los nacidos en el territorio del estado; y II. Los hijos de padre o madre nativos del estado, nacidos en el territorio nacional o en el extranjero. Por ello, la legisladora pidió adicionar el párrafo que establece que es veracruzano: Las o los mexicanos nacidos fuera del territorio del estado, con hijos veracruzanos o con una residencia efectiva de cinco años en territorio veracruzano”.

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