/ martes 13 de septiembre de 2022

Suprema Corte quiere invalidar requisitos discriminatorios para ser funcionario público

Hay "requisitos desproporcionados y discriminatorios para acceder a diversos cargos públicos", dice la SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó porciones de leyes estatales de Sonora, Veracruz y Nuevo León, al considerar que contenían requisitos desproporcionados y discriminatorios para acceder a diversos cargos públicos.

En el pleno se pusieron en análisis las leyes que crearon el Centro de Conciliación Laboral del Estado de Sonora, la Ley de Medios Alternativos para la Solución de Conflictos de Veracruz, las leyes que crearon la Universidad de Ciencias de la Seguridad y la Comisión Estatal de Derechos Humanos, estas dos últimas de Nuevo León, las cuales fueron impugnadas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

Los ministros señalaron que los Congresos estatales no pueden imponer requisitos, tales como tener nacionalidad mexicana por nacimiento, para poder ocupar un cargo público. Lo anterior, debido a que, según consideró el pleno, sólo el Poder Legislativo Federal tiene facultades constitucionales para fijar este tipo de condiciones.

En la resolución se determinó que el requisito de no haber sido condenado por delitos graves o inhabilitado por alguna sanción administrativa es inconstitucional.

El pleno destacó que imponer esta condición para poder acceder a un cargo público es discriminatorio, ya que si una persona ha cumplido una sentencia por cualquier delito el principio de reinserción social debe permitirle reintegrarse a la sociedad en condiciones de igualdad, lo cual incluye el completo ejercicio de su libertad de trabajo.

Pese a lo anterior, no se alcanzó una mayoría calificada para invalidar por razones similares las disposiciones contenidas en la Ley Número 843 del Sistema Estatal de Seguridad Pública para el Estado de Veracruz, por lo que la resolución de este asunto se difirió hasta que se reintegren al pleno las ministras Norma Piña y Margarita Ríos, quienes se encuentran en comisión.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó porciones de leyes estatales de Sonora, Veracruz y Nuevo León, al considerar que contenían requisitos desproporcionados y discriminatorios para acceder a diversos cargos públicos.

En el pleno se pusieron en análisis las leyes que crearon el Centro de Conciliación Laboral del Estado de Sonora, la Ley de Medios Alternativos para la Solución de Conflictos de Veracruz, las leyes que crearon la Universidad de Ciencias de la Seguridad y la Comisión Estatal de Derechos Humanos, estas dos últimas de Nuevo León, las cuales fueron impugnadas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

Los ministros señalaron que los Congresos estatales no pueden imponer requisitos, tales como tener nacionalidad mexicana por nacimiento, para poder ocupar un cargo público. Lo anterior, debido a que, según consideró el pleno, sólo el Poder Legislativo Federal tiene facultades constitucionales para fijar este tipo de condiciones.

En la resolución se determinó que el requisito de no haber sido condenado por delitos graves o inhabilitado por alguna sanción administrativa es inconstitucional.

El pleno destacó que imponer esta condición para poder acceder a un cargo público es discriminatorio, ya que si una persona ha cumplido una sentencia por cualquier delito el principio de reinserción social debe permitirle reintegrarse a la sociedad en condiciones de igualdad, lo cual incluye el completo ejercicio de su libertad de trabajo.

Pese a lo anterior, no se alcanzó una mayoría calificada para invalidar por razones similares las disposiciones contenidas en la Ley Número 843 del Sistema Estatal de Seguridad Pública para el Estado de Veracruz, por lo que la resolución de este asunto se difirió hasta que se reintegren al pleno las ministras Norma Piña y Margarita Ríos, quienes se encuentran en comisión.

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