Xalapa, Ver.- A partir de hoy todas las reformas a la Constitución Política del Estado de Veracruz serán aprobadas en el Congreso local en un periodo de sesiones ordinarias y no en dos periodos consecutivos, como se hacía anteriormente.
Esto, tras la entrada en vigor de la reforma al artículo 84 de la Constitución Política del Estado de Veracruz. Con esta reforma el plazo que los Ayuntamientos tenían para comunicar a la Legislatura en turno su aprobación o rechazo hacia las modificaciones pasó de 60 a 30 días naturales.
Se establece que para que las reformas formen parte de la Constitución local será necesaria la aprobación de la mayoría de los Ayuntamientos, misma que deberá darse en sesión extraordinaria de Cabildo y comunicarse al Congreso o, en su caso, a la Diputación Permanente dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha en que hayan recibido el proyecto.
"Se tendrán por aprobadas las reformas por parte de los Ayuntamientos si, transcurrido el plazo conferido, no hubieren comunicado su acuerdo, por lo que procederá la figura afirmativa ficta", señala el documento. Asimismo, detalla que ya no será necesaria la aprobación de los Ayuntamientos, cuando las reformas tengan como propósito efectuar adecuaciones derivadas de un mandato de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de disposiciones emanadas de leyes nacionales, únicas o generales expedidas por el Congreso de la Unión, o de declaratorias de invalidez emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Para ello, el pleno del Congreso local declarará previamente que se trata de un procedimiento especial. En la reforma se indica que con estas acciones se dará mayor agilidad a los procesos legislativos relacionados con reformas constitucionales, sin negar la participación de los Ayuntamientos en los mismos. Es importante destacar que a partir de hoy el Congreso local cuenta con un periodo de 60 días naturales para realizar las adecuaciones a la legislación secundaria.