/ domingo 26 de abril de 2020

Ley de Amnistía

Se ha cristalizado una de las grandes propuestas de campaña del presidente de la República. La Ley de Amnistía. El perdón que el Estado oferta -como un don y medida excepcional- en beneficio de los presos por cierto tipo de delitos. Mismos que esta ley contiene entre sus párrafos.

Aparentemente los destinatarios de esta disposición están descritos con puntualidad: quienes hayan cometido el delito de aborto: madre, médicos, cirujanos, comadronas, parteras, o quien haya auxiliado la interrupción del embarazo, tanto personal de salud, como familiares de la madre (Art. 1, I, a, b, c). En el caso de homicidio en razón de parentesco, con sus peculiaridades (Art. 1, II).

Por delitos cometidos contra la salud en lo que refiere al uso de narcóticos, siempre y cuando el que lo haya cometido se encuentre en situación grave de pobreza o vulnerabilidad extrema. En razón de discapacidad o cuando haya cometido el ilícito por parentesco o por temor. Quien pertenezca a un pueblo o comunidad indígena. Los que hayan consumido sin fines de distribución y venta (Art. 1,III, a, b, c).

Las personas de comunidades indígenas, para las cuales no hayan sido garantizados los derechos de contar con intérprete o defensor (Art. 1, IV). Para quienes hayan cometido robo simple y sin violencia (Art. 1, V). Para los que, formando parte de grupos impulsados por razones políticas, alteraron la vida institucional (Art. 1, VI).

El hombre es un ser histórico; a lo largo de su paso por la vida cambia. El hombre es un ser en vías de realización. ¡No está determinado! Y es un hecho, también, que un solo acto no determina a la persona.

La inserción en un penal tiene la intención de permitir, a quien haya realizado un ilícito, tomar conciencia clara de sus actos, responsabilizarse de los mismos y reinsertarse en la sociedad como un ciudadano en aprendizaje, dispuesto a fortalecer los lazos de fraternidad entre todos.

La Ley de Amnistía llama la atención, y tomar partido frente a ella es una situación muy compleja. Todos los seres humanos estamos llamados al perdón, a la reconciliación y a gozar con toda la pasión la vida que ha sido puesta en nuestras manos. Todos somos destinatarios del perdón y la indulgencia.

Sin embargo, esto no tendría por qué terminar ahí, lo más importante es establecer las políticas contundentes que nos permitan amar la vida y defenderla en todo el arco de la existencia. Con ese presupuesto, los ambientes sanos integralmente serían una consecuencia natural.

Se ha cristalizado una de las grandes propuestas de campaña del presidente de la República. La Ley de Amnistía. El perdón que el Estado oferta -como un don y medida excepcional- en beneficio de los presos por cierto tipo de delitos. Mismos que esta ley contiene entre sus párrafos.

Aparentemente los destinatarios de esta disposición están descritos con puntualidad: quienes hayan cometido el delito de aborto: madre, médicos, cirujanos, comadronas, parteras, o quien haya auxiliado la interrupción del embarazo, tanto personal de salud, como familiares de la madre (Art. 1, I, a, b, c). En el caso de homicidio en razón de parentesco, con sus peculiaridades (Art. 1, II).

Por delitos cometidos contra la salud en lo que refiere al uso de narcóticos, siempre y cuando el que lo haya cometido se encuentre en situación grave de pobreza o vulnerabilidad extrema. En razón de discapacidad o cuando haya cometido el ilícito por parentesco o por temor. Quien pertenezca a un pueblo o comunidad indígena. Los que hayan consumido sin fines de distribución y venta (Art. 1,III, a, b, c).

Las personas de comunidades indígenas, para las cuales no hayan sido garantizados los derechos de contar con intérprete o defensor (Art. 1, IV). Para quienes hayan cometido robo simple y sin violencia (Art. 1, V). Para los que, formando parte de grupos impulsados por razones políticas, alteraron la vida institucional (Art. 1, VI).

El hombre es un ser histórico; a lo largo de su paso por la vida cambia. El hombre es un ser en vías de realización. ¡No está determinado! Y es un hecho, también, que un solo acto no determina a la persona.

La inserción en un penal tiene la intención de permitir, a quien haya realizado un ilícito, tomar conciencia clara de sus actos, responsabilizarse de los mismos y reinsertarse en la sociedad como un ciudadano en aprendizaje, dispuesto a fortalecer los lazos de fraternidad entre todos.

La Ley de Amnistía llama la atención, y tomar partido frente a ella es una situación muy compleja. Todos los seres humanos estamos llamados al perdón, a la reconciliación y a gozar con toda la pasión la vida que ha sido puesta en nuestras manos. Todos somos destinatarios del perdón y la indulgencia.

Sin embargo, esto no tendría por qué terminar ahí, lo más importante es establecer las políticas contundentes que nos permitan amar la vida y defenderla en todo el arco de la existencia. Con ese presupuesto, los ambientes sanos integralmente serían una consecuencia natural.